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VALENCIA
Jueves, 12 de marzo 2020, 14:19
La suspensión de las Fallas de 2020 está provocando numerosas preguntas entre los falleros y no tan falleros. Una de ellas se refiere a la posibilidad o prohibición de tirar petardos en la calle durante estos días y, el Ayuntamiento de Valencia, ha publicado un bando de suspensión del Bando de Fallas, por el que decreta la celebración de las fiestas de las Fallas en las fechas previstas y en consecuencia se dispone su aplazamiento, de forma que quedan en suspenso toda la normativa incluida en el Bando de Fallas.
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El Bando de Fallas es el conjunto de disposiciones y normas que se aplican durante la celebración de las fiestas en Valencia, de manera que al haber quedado suspendido, todo lo incluido en él queda anulado desde el momento de la publicación del decreto.
En lo relativo al lanzamiento de petardos en la vía pública, la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica establece que «Queda prohibido el disparo de productos pirotécnicos fuera de las horas, lugares y actos autorizados» y establece su vulneración como una infracción leve. El Bando de Fallas especificaba los horarios de lanzamiento de material pirotécnico y la prohibición de disparo por particulares de productos pirotécnicos de las clases no autorizadas por la legislación vigente.
«Para los productos de pirotecnia recreativa a utilizar por particulares, se establece una restricción en el uso de truenos detonantes en los siguientes días y horarios:
• Días 7 y 8 de marzo: entre las 02:00 horas y las 07:30 horas, y desde las 22:00 horas del 8 de marzo.
• Días 13 de marzo a 19 de marzo: entre las 02:00 horas y las 07:30 horas.
• Día 20 de marzo: a partir de las 02:00 horas (excepto de ser necesario para la Cremà de la falla).
• Resto de días: entre las 22:00 horas y las 07:30 horas del día siguiente.
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10.8 Igualmente, queda prohibido el disparo de cualquier artificio pirotécnico en todo el Jardín del Turia y en las zonas de juegos infantiles, a excepción de los espectáculos del programa oficial de Fallas y aquellos que excepcionalmente y por los servicios municipales competentes pudieran autorizarse. Por los servicios de la Policía Local serán decomisados o retirados y denunciadas con todo rigor las personas infractoras de esta disposición.
10.9 Se recuerda la prohibición de almacenamiento y expedición de material pirotécnico en lugares que carezcan de la preceptiva autorización de la Delegación del Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto de 989/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería.
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10.10 Los establecimientos que vendan artículos de pirotecnia (incluidos truenos detonantes) deberán informar de los horarios autorizados en este bando.«
Como el bando ha quedado suspendido, tampoco se pueden tirar petardos hasta que un nuevo bando de Fallas lo autorice. Si las Fallas finalmente se celebran en junio, lo previsible ers que la autorización para tirar petardos se conceda para esos días de verano.
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