DM
Sábado, 15 de julio 2023, 18:44
La tan esperada boda entre Tamara Falcó e Iñigo Onieva por fin se produjo tras diversas idas y venidas entre la pareja. El compromiso tuvo lugar el pasado sábado en Madrid en un evento que contó con más de 400 invitados y en lo que ha sido, sin lugar a dudas, uno de los enlaces más mediáticos en la prensa rosa nacional de los últimos años.
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El broche a dicho compromiso lo puso la revista ¡Hola! con una exclusiva en la que desvelaba todos los detalles del acto que, sin embargo, ha hecho historia tanto para lo bueno como para lo malo después de que la revista sufriera el mayor pirateo de la historia de la prensa.
A todo ello se suman ahora otros detalles respecto al elevado coste de la celebración y la gran cantidad ingresada por la marquesa de Griñón y su ya actual marido. Y es que según cálculos de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) la pareja podría haber ingresado una suma cercana a los 1.750.000 euros gracias entre otras cosas a la venta de la exclusiva para la revista encargada de cubrir el evento, todas las marcas que les han pagado en especie, y los regalos de boda.
Con estos conceptos el matrimonio tendría que hacer frente al pago de 400.740 euros en concepto de Impuesto de Sociedades y Sucesiones y Donaciones, además de otros 424.541 euros, en concepto de IRPF. Por tanto, las arcas públicas podrán tener un beneficio que asciende a los 924.719 euros.
Sin duda el más importante de todos ellos proviene de la exclusiva de la cobertura. «La pareja puede haber cedido la explotación de sus derechos de imagen a una sociedad interpuesta, que sería la entidad primera cesionaria, que puede estar domiciliada en España o no», explican desde Asufin. En el supuesto de sociedad española interpuesta, se imputaría a cada cónyuge 500.000 euros, a los que se les resta el 25% de lo que se pagará por Impuesto sobre Sociedades (125.000 euros), es decir, 375.000 euros a cada uno, que irán a su base general del IRPF.
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Además, las marcas también han tenido un peso importante de cara a la celebración. Lejos queda la polémica con el plagio del vestido de novia y el rechazo por parte de una conocida marca a diseñar la indumentaria de Tamara Falcó. «Supongamos que la valoración de todos estos bienes y servicios obtenidos por patrocinio se valoran y facturan por un importe total de 350.000 euros. Un 25% de este importe deberá pagarse por Impuesto sobre Sociedades (87.500 euros)», explica Asufin.
Por último queda añadir todo lo ingresado por los regalos de boda. La empresa explica que no es «descabellado pensar que hayan recibido regalos por importe de 400.000 euros». Si cada uno de los invitados hubiese aportado una media de mil euros. Los regalos de boda son donaciones a los cónyuges, que deberían imputarse al 50%.
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Los importes de estos regalos tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Por tanto, «si la residencia de ambos cónyuges es en la Comunidad de Madrid, se les aplicará la tarifa establecida en el artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2010, de la Comunidad de Madrid, siendo para un importe de 200.000 euros (para cada uno) de 31.621,21 euros, es decir, un 15,81% pagado como Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por los regalos», concluye la asociación.
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