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Inés Romero
Viernes, 29 de marzo 2024, 09:00
La Dirección General de Tráfico (DGT) está planteando una remodelación general en su normativa. Debes estar muy atento porque algunos de los cambios que quiere introducirafectan a todos los conductores españoles.
Esta nueva modificación estaría relacionada directamente con el carnet B. Actualmente, la ley indica que si la persona tiene el permiso con una antigüedad de, al menos, tres años, se le autoriza para manejar motocicletas de 125 centímetros cúbicos. Sin embargo, esto podría llegar a su fin muy pronto.
El Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, especifica los permisos necesarios para la conducción de motocicletas.
En el texto se indica que con el carnet de clase B, el de automóviles, se pueden manejar las motocicletas permitidas por el permiso de clase A1. La edad mínima para poder obtener este último es de 16 años.
Motocicletas homologadas como 45 o 125 centímetros cúbicos.
Capacidad de 150 kilogramos de carga máxima.
Potencia máxima del motor de 11 kilovatios.
La DGT señala que dejar a estos conductores manejar motocicletas es «una medida de movilidad, pero nunca de seguridad vial». Por ello, la intención es introducir un ligero cambio.
La DGT pretende implementar un curso obligatorio para los conductores con el carnet B que quieran manejar motocicletas de hasta 125 centimétros cúbicos. El objetivo es que se apruebe «a final de año».
¿Afectará a todos? La respuestas es negativa. El curso no tendrá carácter retroactivo. Por lo tanto, la medida solo va dirigida para los nuevos conductores.
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