N. S.
Jueves, 26 de octubre 2023, 17:15
Aunque la nueva normativa de las zonas de bajas emisiones, y sus restricciones asociadas, ya entró en vigor hace más de 10 meses, son muchos los conductores que todavía tienen dudas a cerca de qué pegatina medioambiental de la DGT es la que permite acceder o no, o incluso si es obligatorio llevarla.
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Y ante esto último es muy importante resaltar que no es obligatorio llevar la etiqueta que clasifica los coches según su nivel de emisiones, pero sí recomendable, dejando en manos de los municipios la decisión de su obligatoriedad.
Por ejemplo, en Madrid, sí es una sanción leve fijada en 15 euros; y en el caso de Gijón, la cuantía es de entre 90 y 100 euros.
Así, la pegatina medioambiental tendrá que ir adherida en la parte inferior derecha del parabrisas delantero. Y si el vehículo no tuviera parabrisas, como puede ser el caso de una motocicleta, tendría que ir en otra zona igualmente visible, como en el cubre ruedas delantero, por ejemplo.
Eso sí, cabe recordar que no es lo mismo la sanción por no llevar la pegatina de la DGT, que la sanción por entrar con un vehículo contaminante en dichas zonas. En este caso la sanción es mayor. Acceder a ellas con un vehículo que no esté autorizado supone una infracción grave de 200 euros (100 euros si es por pronto pago).
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