N. S.
Viernes, 27 de octubre 2023, 12:00
Cerca de 150 municipios españoles repartidos por todo el territorio tienen que adaptarse a la nueva normativa y deben tener ya creada una zona de bajas emisiones. La implantación de estas zonas conlleva que los vehículos más contaminantes no puedan acceder al centro de las ciudades.
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En concreto, las ciudades que tienen en funcionamiento estas ZBE son Madrid, Barcelona, Córdoba, Pontevedra, A Coruña, Sevilla, Badalona, Rivas-Vaciamadrid, San Cugat del Vallés, Valencia y Sant Joan Despí. Sin embargo, todavía la mayoría de los municipios están trabajando para publicar su ZBE, aunque fuera de tiempo porque la exigencia era tener estas áreas especiales antes de que llegase este 2023.
Pero para que los conductores estén informados de qué zonas son novedad, o de qué ciudades son en las que se puede circular sin restricciones, o viceversa, sobre todo para evitar una multa; el RACE ha creado un mapa para facilitar esta tarea. Se puede acceder a esta información [PINCHANDO AQUÍ].
Cabe recordar que estas zonas solo permiten la entrada a los coches más nuevos y menos contaminantes, es decir, solo los coches con Etiqueta ECO (verde y azul) -en su mayoría vehículos híbridos, de gas o ambos- y Etiqueta CERO emisiones (azul) -los eléctricos e híbridos enchufables- podrán acceder, circular y aparcar sin restricciones en las ZBE. El resto, tienen 'fecha de caducidad' para circular. Hasta ahora, los vehículos con la etiqueta A ya tenían bastante restringida su circulación en las ZBE activas, unas restricciones que se podrían ampliar a partir de 2024 a los coches con distintivo B.
En concreto, los de etiqueta B (de color amarillo) corresponden a turismos y furgonetas ligeras propulsadas por gasolina y matriculadas a partir de enero del 2000, o diésel a partir de enero de 2006. Los coches con pegatina B pueden acceder a las ZBE sin restricciones, pero no podrán aparcar dentro del denominado ZBEDEP Distrito Centro, salvo las excepciones que explican desde el portal Madrid 360.
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Entre estas excepciones se señalan que estaciones el vehículo en un parking de uso público, que estés empadronado en el Distrito Centro, y si tu vehículo es de tu propiedad esté domiciliado en la ciudad de Madrid entre otras. También si eres una empresa o un autónomo y ejerzas tu actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro o seas invitado por uno de ellos.
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