A. MARTÍ
Jueves, 24 de julio 2014, 00:11
Carlos Fabra entrará en la cárcel. Once años después de que se iniciara una investigación contra el exmandatario del PP de Castellón, el Tribunal Supremo rechaza su recurso y mantiene la condena de cuatro años de prisión por lo que, al margen del recurso que Fabra interpuso ante el Tribunal Constitucional, el otrora peso pesado de la política valenciana tiene ya un pie en prisión. El Alto Tribunal hizo pública ayer la sentencia en la que se concluye que se mantienen los cuatro años de cárcel para Carlos Fabra, así como una multa de 1,3 millones de euros por haber defraudado a Hacienda más de 690.000 euros en cuatro años.
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Esta decisión mantiene la pena fijada por la Audiencia Provincial y no acepta el recurso de la defensa de Carlos Fabra que pedía que se sobreseyera la causa por estar prescrita y, a la vez, tampoco acepta las peticiones de Fiscalía, Abogacía del Estado y la acusación popular, que presentaban una alegación para duplicar la condena hasta los ocho años de cárcel.
No obstante, sí se ha aceptado rebajar la pena de cárcel de María Desamparados Fernández, exmujer de Fabra, a un año de cárcel de los dos a los que estaba condenada.
El proceso se acelera
Con esta decisión judicial, el proceso se acelera y podría ser cuestión de semanas que el hombre que dirigió durante 22 años el PP de Castellón, 15 la Diputación de la provincia y que tuvo una influencia más allá de su propio territorio entre en la cárcel. Ahora, el Supremo debe notificar esta sentencia a la Audiencia Provincial de Castellón, órgano competente. Una vez notificada, la Audiencia debe formalizar el auto de ejecución de la sentencia y notificarla a la defensa de Carlos Fabra.
Según pudo saber este periódico, los plazos que se manejan son de entre un mes y medio y dos meses, si bien se puede retrasar por ser agosto un periodo de vacaciones, lo que aplazaría el ingreso de Fabra, posiblemente, al otoño de 2014.
Al margen, según fuentes jurídicas, queda pendiente el recurso al Tribunal Constitucional que, hasta que no ha concluido el recorrido del fallo en el Supremo, no abre el periodo de estudio de los casos. Además, este tribunal no entra a valorar el contenido de las sentencias, sino que vela porque los derechos constitucionales en un proceso se hayan cumplido. Es decir, no interfiere en la condena a Fabra.
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Al mismo tiempo, a expresidente de la Diputación de Castellón le queda otra forma para retrasar este proceso que consiste en la petición de un indulto. Aunque el propio exdirigente ha dicho en alguna ocasión que no es su intención, es bastante habitual que las defensas ganen tiempo con esta petición que debe decidir el Consejo de Ministros y que deja en suspenso la ejecución de la sentencia durante meses.
A su vez, Carlos Fabra tiene 68 años y cuenta con problemas de salud debido a un trasplante de hígado que se le practicó en 2011 pero, en principio, el sistema penitenciario no valora estas circunstancias a la hora de determinar un ingreso carcelario en España al contar los centro penitenciarios con servicios médicos.
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Dilaciones indebidas
El fallo del Tribunal Supremo rechaza la pretensión de Fabra de que los peritos de Hacienda, cuyo informe fue la pieza clave que motivó su condena, no fueran independientes. Sí mantiene el tribunal el atenuante de dilaciones indebidas como garantía del procesado.
Este atenuante lo aceptó la Audiencia para rebajar de ocho a cuatro años la pena por delitos fiscales ya que la investigación a Carlos Fabra se ha dilato diez años al haber hasta ocho cambios de jueces instructores en el juzgado de Nules que llevaba las diligencias, así como por los más de 20 recursos interpuestos por la defensa de Fabra.
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Y es que en 2003 un empresario, hasta entonces amigo de Fabra, Vicente Vilar, denunció que Fabra le había cobrado cantidades millonarias (hasta 150.000 euros) a cambio de que el entonces presidente de la Diputación presionara a altos funcionarios y políticos de distintos ministerios (entonces gobernaba el PP de Aznar) para conseguir permisos para productos fitosanitarios.
Además, a cambio vendían las patentes a través de una empresa cuyas dueñas eran las mujeres de ambos, María Desamparados Fernández y Montserrat Vives. El juzgado de Nules abrió diligencias y, en medio de la investigación, Hacienda quiso comprobar la declaración del IRPF del matrimonio Fabra.
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Por todo esto a Fabra se le encausó por tráfico de influencias, cohecho y cuatro delitos fiscales (uno de los ejercicios quedó fuera de la investigación por esta prescrito). No obstante, en el juicio no se pudo demostrar que Fabra presionara a nadie y las únicas pruebas tangibles fueron las periciales y documentales de los peritos de Hacienda. El resto de testigos no recordaban nada y el propio denunciante se retractó en el primer día de juicio al decir que había denunciado a Fabra por una venganza personal.
La condena inicial de la Audiencia (ahora ratificada por el Supremo) supuso que Fabra se diera de baja en el PP e, incluso, que acabara renunciando al último cargo al que se aferraba, el de secretario general de la Cámara de Comercio.
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En el proceso, las cifras aportadas por la Agencia Tributaria reflejaban el modo de vida del matrimonio Fabra con ingresos millonarios en las 65 cuentas del matrimonio: 599 ingresos en efectivo, 217 en cheques y 110 en transferencias, los 24 préstamos comunes y los 28 inmuebles del matrimonio, así como viajes a los toros y a los casinos de toda España con apuestas de 6.000 euros.
Ayer, tanto Fabra como su entorno prefirieron no valorar el fallo al no tener constancia todavía de la sentencia del Supremo. En cambio las reacciones se precipitaron. La secretaria general del PPCV, Isabel Bonig, dijo que no era una «noticia agradable» pero que había que respetar la sentencia y matizó que «le deseó lo mejor a nivel personal».
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El secretario general del PSPV, Ximo Puig, dijo que «después de diez años, la Justicia ha hablado» y ahondó en que «por fin la Lotería nos ha tocado a todos».
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