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Puig y la vicepresidenta Mas, en Les Corts. irene marsilla
Mónica Oltra | El TSJ archiva la denuncia contra Puig por el cese de Oltra

El TSJ archiva la denuncia contra Puig por el cese de Oltra

El alto tribunal sostiene que no es necesario incluir los motivos del cese y descarta analizar el cobro del paro de la vicepresidenta porque no es aforada

A. Rallo

Valencia

Viernes, 13 de enero 2023, 20:06

Vicente Fernández, diputado no adscrito en Les Corts, denunció al presidente de la Generalitat, Ximo Puig, y a la exvicepresidenta Oltra por un «posible delito de prevaricación y malversación» por considerar que la salida de la líder de Compromís se vistió formalmente como un cese en los documentos oficiales cuando en realidad se trataba de una dimisión. Y todo por garantizar el paro de la dirigente de Compromís.

El TSJ, con el informe favorable de la Fiscalía, acaba de archivar las actuaciones. Toda la información que se utilizó en la denuncia partió de la entrevista en el programa 'Salvados' donde la vicepresidenta desveló que cobraba el paro, algo más de 1.200 euros a la espera de encontrar otro trabajo.

El ministerio público, en un extenso informe, considera que no existe «ilegalidad de la resolución (se ha acordado dentro del marco legal) sin que la omisión de la causa del cese en el decreto sea un requisito imprescindible en los términos que exige la jurisprudencia» para articular un delito de prevaricación. «No es razonable en Derecho Penal sustituir el ánimo volitivo e intelectivo ajeno con base a construcciones posibilistas del que denuncia».

El TSJ concentra la cuestión en si el presidente Puig debía o no recoger en el citado decreto la causa de la salida de Oltra, es decir, su renuncia voluntaria al verse salpicada por la investigación sobre la denuncia por abusos contra su exmarido.

Los magistrados coinciden en que la expresión «cese» del apartado segundo de la referida norma viene a englobar genéricamente los distintos supuestos de pérdida de la condición de Vicepresidente o conseller. Es un término »omnicomprensivo«.

El auto descarta que exista una «concreción necesaria» de una conducta específica y personal del querellado, es decir Puig, con caracteres delictivos, sin que pueda calificarse al Decreto dictado es una «resolución injusta» ni existe «indicio o elemento del que resulte que la actuación del denunciado haya sido de carácter dolosa».

Respecto al delito de la malversación, el supuesto hecho de que Oltra se aprovechara del decreto para poder cobrar el paro algo que no le correspondería al ser una decisión voluntaria, el TSJ no entra a valorar. Recuerda que la mujer ya no es aforada y, por tanto, la Sala no tiene competencia. En cualquier caso, remite al diputado a que presente una denuncia en los juzgados ordinarios.

El alto tribunal recuerda las garantías que deben darse a la hora de abrir una investigación penal contra un aforado. «No resulta posible que un tribunal comience en un procedimiento de índole penal de tal naturaleza, sin una cierta solidez, a indagar y comparar sobre las posibles coincidencias y diferencias que pudieran existir entre la exacta o no exacta coincidencia de la terminología en un decreto».

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