El jurado declara culpable a la mujer que mató de 50 martillazos a un amigo en Bétera
La consellera de Justicia, Gabriela Bravo, durante la visita a las obras del TSJ EFE

Bravo cuestiona a la Abogacía y dice que el informe contra el teletrabajo tiene partes políticas

La consellera de Justicia respeta pero no comparte las pegas de los servicios jurídicos y recuerda que el documento no es vinculante

Jueves, 3 de diciembre 2020, 14:05

La consellera de Justicia, Gabriela Bravo, ha cargado esta mañana contra el informe de la Abogacía de la Generalitat que cuestiona el proyecto de decreto de teletrabajo del Consell y ha reconocido que, si bien lo respeta, no está de acuerdo con lo que refleja. «Lo respeto, pero no lo comparto», ha dicho a preguntas de los medios, durante la visita a las obras del TSJ. Bravo, responsable de las políticas de Función pública ha explicado que los técnicos de la dirección general de este área ya están preparando el informe de respuesta al de Abogacía y ha recordado que el informe de los servicios jurídicos de la Generalitat «no es vinculante». La idea, ha sostenido, es remitir el decreto al Consell Jurídic Consultiu antes de Navidad y aprobar el decreto antes de que acabe el año. Bravo ha dicho que el proyecto de decreto ha tenido, además, el apoyo mayoritario de los sindicatos. «Las consideraciones que entendemos que desde el punto de vista jurídico se tienen que incorporar por norma y jurisprudencia se incorporarán y las que tienen un carácter más político que jurídico se explicará por qué no se integran», ha señalado.

Publicidad

Por su parte, desde CSIF, uno de los sindicatos más críticos con el decreto, ha pedido que se retire el proyecto para reelaborarlo. El sindicato considera que el informe de Abogacía de la Generalitat, que rechaza el modelo de teletrabajo que propone el Consell, refleja las advertencias realizadas por la central sindical sobre la falta de efectividad del decreto que lo regulará. Ante la publicación de conclusiones de ese informe, el sindicato ha pedido una reunión urgente a la Dirección General de Función Pública. CSIF quiere tener todos los detalles del citado informe y que se convoque de nuevo la Mesa Sectorial para negociar un decreto que sea eficiente y no genere discriminaciones.

En concreto, según el informe, de la Abogacía, el nuevo decreto establece un plazo inferior de preaviso, restringe las posibilidades de teletrabajo aumentando los puestos y funciones no susceptibles de ser desempeñadas mediante teletrabajo, exige más informes y permite la suspensión temporal de la autorización. El departamento jurídico, dependiente de Presidencia, pide establecer una modalidad de «autorización individual» que se vincule a «funciones concretas del funcionariado y a las necesidades del servicio», frente a lo que explicita el texto de Justicia, que marca planes conjuntos para poder acogerse a esta modalidad.

Con la redacción actual, avisan los servicios jurídicos de la Generalitat, el proyecto de decreto del Consell «sólo permite trabajar a los funcionarios o empleados públicos incluidos en el programa de teletrabajo que elabore la subsecretaría» y apruebe la dirección general de Función Pública, lo que implica que en el caso de que las subsecretarías no elaboren planes de teletrabajo, «los funcionarios serán privados de este derecho, aunque las funciones de su puesto sean compatibles con el trabajo a domicilio y no existan necesidades del servicio que lo impidan». Y es que según el informe, Justicia «sustrae así a cada funcionario la posibilidad de ejercer su derecho a teletrabajar». La Abogacía recuerda a la Conselleria de Justicia, dirigida por Gabriela Bravo, que aun cumpliendo los requisitos legalmente establecidos y aun siendo evidente que los requisitos legalmente establecidos deberán de acreditarse en un procedimiento previo a la autorización, no permite el teletrabajo. «No es posible laminar de forma arbitraria por vía reglamentaria un derecho subjetivo», avisa, condicionándolo a la voluntad de las subsecretarías. Con la actual redacción del decreto, dice la Abogacía, «se hurta a cada funcionario la opción de teletrabajar que ya no dependerá de los requisitos legalmente prescritos como son sus funciones y las necesidades del servicio», sometiendo al derecho a una condición suspensiva que lo restringe de forma absoluta, al depender su autorización de «un paso intermedio insuperable» como es la voluntad del titular de cada subsecretaría que puede, inmotivadamente, no articular el requisito previo del programa. Además, el abogado de la Generalitat recuerda que existe consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo «que impide agravar o imponer cargas adicionales mediante reglamentos». La Abogacía tumba también la obligación de que los funcionarios pasen un curso para teletrabajar porque, recuerda, ya han ejercido esta práctica durante el estado de alarma.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete a Las Provincias: 3 meses por 1€

Publicidad