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Joan Baldoví, síndic de Compromís. José Cuéllar

Compromís, condenado por despedir a una empleada por email y sin causa justificada

La asesora en Les Corts que denunció a la coalición llegó a presidir el comité organizador del congreso del Bloc y la dirección del grupo la echó sin concretar las razones

Burguera

Martes, 11 de febrero 2025, 00:43

En todas partes cuecen habas y hasta los partidos que se definen como defensores de los trabajadores pueden encontrarse con que una sentencia judicial les ... señala por no haber respetado los derechos de sus empleados. Una sentencia del Juzgado de lo Social número 18 de Valencia del pasado 19 de diciembre condena al grupo parlamentario Compromís a incrementar en cerca de un 40% la indemnización que había pagado a una asesora parlamentaria de la coalición. Se da la circunstancia de que la trabajadora fue, además, una dirigente de la organización con responsabilidades orgánicas, ya que llegó a presidir el comité de organización del congreso que celebró el Bloc en 2021.

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Sin embargo, todo ello no fue obstáculo para que fuera despedida, se le aplicase un despido por causas objetivas (procedente) y se le comunicase por correo electrónico, para sorpresa de algunos diputados que no sabían nada de la situación.

La sentencia ha considerado improcedente el despido, por lo que ha incrementado notablemente la indemnización que inicialmente se le asignó a la empleada por parte de Compromís, que en los últimos meses no hace más que recibir malas noticias financieras por su proceder en Les Corts, donde se le reclama decenas de miles de euros por no justificar gastos del grupo parlamentario en la pasada legislatura.

«Yo no sé cómo se hizo eso porque estaba en Madrid», afirmó la semana pasado el síndic de Compromís, Joan Baldoví, sobre los préstamos que el grupo hizo al partido en vísperas de las elecciones de 2023. Sin embargo, en septiembre de ese año, el histórico dirigente nacionalista ya estaba indubitablemente al frente del grupo parlamentario. Fue precisamente un 12 de septiembre cuando la asesora (que después del conflicto con los dirigentes se ha dado de baja en Compromís) recibió un email.

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Baldoví ejercía como síndic desde el 26 de junio. El correo electrónico no se remitió desde el grupo parlamentario donde estaba contratada la asesora en Les Corts, sino que se le envió desde el partido (de hecho, se le instó a que recogiese la documentación en la sede de Compromís, en la plaza del Pilar), a través de un mensaje donde se justificó su despido «dada la situación económica» tras perder la gobernanza de la Generalitat o de ayuntamientos como el de Valencia (lo que suponía reducir sus ingresos por subvenciones).

La sentencia, sin embargo, advierte que no es suficiente con alegar una «causa abstracta» para justificar ese tipo de despidos (con la indemnización más baja posible, 20 días por año trabajado), sino que también debía aportarse la «causa concreta y próxima motivadora de la decisión extintiva».

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La cuestión del correo electrónico también se recoge en la sentencia, donde se hace referencia a que el TSJ de Canarias acepta finalizar un contrato de trabajo a través de una comunicación por correo electrónico. «No obstante, el correo electrónico remitido a la trabajadora no es un correo electrónico certificado que permita acreditar la recepción y el conocimiento por parte de la trabajadora, ni tampoco fuera esta vía de comunicación la usual y habitual entre la actora y demandado», indica el juez.

La asesora acudía diariamente a Les Corts, donde precisamente al día siguiente se oficializó su despido, para estupor de algunos diputados y diputadas. Posteriormente, según se explica en los fundamentos de derecho, se realizaron nuevas contrataciones de trabajadores, a pesar de haberse alegado un descenso de ingresos que no impidió incrementar la plantilla e incluso intentar convencer a la ya ex asesora de que retirase la demanda cuando se dieron por enterados de la celebración del juicio.

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