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La vicepresidenta Camarero y el vicepresidente Gan Pampols, en una comparecencia. LP

El Consell recupera el tope de los sueldos de los altos cargos que modificó al fichar a Gan Pampols

Deroga el decreto que aprobó a finales de noviembre y vuelve a poner el límite máximo del 15% por encima de la retribución del president

Martes, 14 de enero 2025, 13:06

El pleno del Gobierno valenciano ha aprobado este martes volver a la normativa anterior en materia de salarios de los altos cargos del Consell que ... modificó hace menos de dos meses para que aquellos funcionarios que se incorporaran al Consell y tuvieran un sueldo superior en ese porcentaje al del jefe del Consell no perdieran sus derechos retributivos. La decisión se produce después de que se confirmara hace varias semanas que el vicepresidente segundo Francisco José Gan Pampols percibirá un sueldo de 84.000 euros, y que no superaba por tanto ese límite fijado en el primer presupuesto del Gobierno de Carlos Mazón.

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El primer presupuesto del gobierno del cambio ya introdujo la posibilidad de que los funcionarios que se incorporaban a ser altos cargos no perdieran derechos retributivos pudiendo optar por las retribuciones que le corresponderían como alto cargo o bien por las que le correspondían como funcionarios, eso si, con el límite del 15% cuando este salario superara al del jefe del Consell. Esta limitación fue modificada con el fichaje de Gan Pampols pero al no situarse por encima del tope el Consell recupera la limitación anterior.

De hecho, la incorporación al Consell del teniente general fue la que propició que el Gobierno valenciano aprobara ese decreto ley por el que decidió suprimir ese tope, que impedía a los altos cargos del Gobierno valenciano superar en ese porcentaje el sueldo del jefe del Consell. Un texto que se aprobó desde la convicción de que los derechos retributivos del teniente general superarían ese porcentaje, cosa que finalmente no ocurre.

Este martes, el Consell ha acordado derogar el Decreto Ley 13/2024 por el que se adoptaban medidas extraordinarias para la gestión, organización y movilidad del personal empleado público a consecuencia de las inundaciones del 29 de octubre en la provincia de Valencia. Y se aprueba de nuevo con el mismo contenido por lo que se refiere al articulado, pero con novedades en las disposiciones finales.

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Entre ellas, la modificación del apartado 3 del artículo 30 de la Ley 8/2023, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024 que pretende garantizar que las personas que se incorporan a las tareas de reconstrucción y recuperación no vean mermadas las retribuciones que venían percibiendo en sus anteriores destinos, que responden precisamente a sus capacidades y aptitudes acreditadas.

El nuevo texto propuesto incorpora de nuevo, de forma literal, la necesidad de que las mencionadas retribuciones, en ningún caso, puedan ser superiores, en su conjunto y cómputo anual, a las establecidas en la Ley de Presupuestos para el president de la Generalitat, incrementadas en un 15%. Es decir, la redacción en vigor hasta la incorporación de Gan Pampols al Gobierno valenciano.

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El cambio en los términos del decreto ley, además de recuperar la redacción inicial, permitirá muy probablemente que Les Corts avalen el texto. Porque Vox, que mostró su apoyo al contenido global del decreto, ya había advertido que no aceptaría dar luz verde a la supresión de ese tope del 15%. Recuperar ese límite abre la puerta a que la formación que dirige en el Parlamento valenciano José María Llanos vote de forma favorable el texto que presenta el Consell.

Junto a la recuperación de ese tope –una medida polémica, no sólo por producirse en el contexto de la dana que arrasó la provincia de Valencia, sino porque la confirmación oficial del sueldo de Gan Pampols reveló que era perfectamente innecesaria-, el decreto ley aprobado este martes recoge otra Disposición Final que modifica el Decreto Ley por el que se adoptaban medidas extraordinarias en materia de personal del Sistema Valenciano de Salud en el entorno de la tragedia del 29 de octubre.

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Ese decreto ley estableció medidas de reconocimiento de la prestación de servicios para el personal de los centros afectados, dado que los efectos de las inundaciones han provocado en determinados centros de trabajo, singularmente del ámbito de Atención Primaria, centros de salud y consultorios auxiliares, difíciles condiciones de trabajo. Por dicho motivo se estimó ajustado establecer medidas de compensación y reconocimiento de esa tarea, para lo que se dispusieron días adicionales de libranza por el trabajo desempeñado y se atribuye una valoración singular de esos periodos a distintos efectos.

En este sentido, tras evaluar las circunstancias de accesibilidad e infraestructuras en el centro de salud de Sedaví se concluye la necesidad de incluir a dicho centro de salud en el anexo II del citado decreto ley.

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