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El presidente de la Generalitat, Ximo Puig. EFE/ANA ESCOBAR

El Consell recurrió el fallo del Tribunal de Cuentas por Valmor sin el aval de Abogacía

Presidencia reconoció en una respuesta parlamentaria que no disponía de informe alguno de los letrados de la Generalitat

JC. Ferriol Moya

Valencia

Viernes, 10 de julio 2020, 23:53

Junio de 2019. El Tribunal de Cuentas desestima la demanda interpuesta por la Abogacía de la Generalitat contra Lola Johnson, Trini Miró, Luis Lobón, Julio García, Blanca Tomás y José Miguel Escrig por el supuesto quebranto contable para las arcas públicas en el que habrían incurrido en el proceso de adquisición de Valmor, por parte de la Generalitat, por un euro, asumiendo a la vez la deuda contable de cerca de 24 millones. A principios de agosto, la administración autonómica decide obviar el pronunciamiento del mencionado tribunal administrativo -presidido por la exministra Margarita Mariscal de Gante- y presenta recurso contra la decisión, para que los acusados hagan frente a los 24 millones de euros asumidos en su día. Este pasado miércoles, el Tribunal rechaza este nuevo recurso y vuelve a condenar en costas a la administración autonómica, que podría tener que hacer frente a un pago que con toda seguridad superará el millón de euros.

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¿Quién adoptó la decisión de recurrir aquel primer fallo del Tribunal de Cuentas? Al margen de que se trate de una decisión política, lo cierto es que, en contra de lo que suele ser habitual, la Generalitat no solicitó informe jurídico alguno a la Abogacía antes de tomar la decisión de formalizar un recurso. Así consta en la respuesta del Consell a una pregunta presentada por el diputado popular José Císcar en relación con este asunto. El parlamentario y exvicepresidente del Consell se dirigió al Ejecutivo para conocer qué informes de la Abogacía se habían utilizado para justificar el recurso. La respuesta, que firma el secretario autonómico de Presidencia Andreu Ferrer y que tiene fecha del 17 de octubre del año pasado, explica que «no consta en la base de datos de dicho centro directivo (en alusión a la Abogacía de la Generalitat) ningún informe emitido específicamente sobre el procedimiento de reintegro por alcance nº B-265/2016 seguido ante el Tribunal de Cuentas (Sección de Enjuiciamiento Departamento 2º)».

Es decir, la decisión de recurrir de nuevo al citado Tribunal se adoptó sin que el órgano administrativo se pronunciara sobre la oportunidad o no de hacerlo, las posibilidades de éxito -tras un primer fallo en contra- o las consecuencias que arrojaría una nueva condena en costas para la propia Generalitat.

De hecho, en su contestación al diputado del PP, la Generalitat sí que adjunta cinco informes elaborados por la Abogacía entre los años 2007 y 2012, vinculados todos ellos a Valmor. Desde el elaborado sobre el primer convenio entre la propia administración autonómica, Circuito del Motor y esa empresa hasta el remitido sobre la propuesta de acuerdo del Consell por el que se aprueba la fusión por absorción de Valmor en el capital de Circuito del Motor (con fecha 13 de noviembre de 2012).

Obviamente, todos estos informes son muy anteriores tanto a la decisión de presentar denuncia ante el Tribunal de Cuentas por el supuesto quebranto contable para las arcas autonómicas como al posterior recurso presentado, y que es el que ahora ha rechazado de nuevo el mismo órgano administrativo.

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Las fuentes consultadas por este diario señalaron ayer que obviar el informe de la Abogacía a la hora de adoptar una decisión de este tipo podría tener consecuencias para la persona que haya firmado el recurso de la Generalitat.

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