Francis Puig, con su abogado a la entrada de la Ciudad de la Justicia. Iván Arlandis

Un juez obliga al Gobierno a entregar el expediente de la sanción a Francis Puig

Los populares reclamaron conocer las actuaciones de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado para impedir que las mercantiles del entramado puedan presentarse a más concursos

A. Rallo

Valencia

Jueves, 22 de junio 2023, 10:40

Un juzgado de Valencia ha condenado al Gobierno a entregar al Partido Popular el expediente abierto al conocido como cartel de las productoras, integrado por Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig, para impedir que las empresas sancionadas puedan concurrir a nuevas licitaciones.

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Competencia impuso en noviembre de 2020 una sanción de 43.000 euros al familiar del presidente y sus socios, los Adell Bover, por pactar precios para ganar varios lotes de un concurso público de À Punt a través de las empresas de cabecera del entramado, Comunicacions dels Ports, Canal Maestrat y Kriol Produccions. Ese expediente incluía, además, la prohibición de poder presentarse a nuevos concursos públicos.

Esta sanción debe ser tramitada desde la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. De ahí, el interés de los populares, representado por el abogado Víctor Soriano, en tener acceso al citado expediente y conocer qué actuaciones se han llevado a cabo.

La Ley impide a las entidades que forman parte del sector público contratar a las empresas que hayan sido sancionadas con carácter firme por una infracción de falseamiento de la competencia, tal y como es el caso.

La petición de información se canalizó a través de Les Corts, organismo que contactó con Delegación de Gobierno. El Ejecutivo contestó que no podía facilitar esa documentación porque la labor de fiscalización a la Administración General del Estado corresponde tramitarla a través del Congreso de los Diputados.

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Pero el titular del juzgado de lo Contencioso número 5 de Valencia rechaza los argumentos de la Abogacía del Estado, que defiende los intereses del Gobierno. El Reglamento de Les Corts, de hecho, recoge que se puede solicitar a través del presidente de la Cámara la colaboración del resto de administraciones.

El fallo concluye que la actuación de la diputada Eva Ortiz se limitaba a recabar una serie de documentos en poder de un órgano estatal para «comprobar los efectos de la actividad llevada a cabo por una entidad autonómica como es el caso de la Comisión de Defensa de la Competencia».

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También rechaza otro de los argumentos de la Abogacía del Estado como es la protección de la información personal que consta en el citado expediente. Es más, plantea que se trata de un motivo incorporado ahora, por sorpresa, cuando no constaba en la resolución impugnada.

A lo anterior se une el hecho de que la demandada no ha concretado los términos «en que resultarían afectados esos intereses de terceros, teniendo en cuenta que como la propia parte establece en su contestación las resoluciones de la junta consultiva de contratación pública del Estado son públicas y accesibles al inscribirse en el correspondiente registro».

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