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El Ayuntamiento de Gavarda reconoce que se cometió una «irregularidad administrativa» cuando el pleno del consistorio no aprobó una declaración de compatibilidad para que el alcalde Vicente Mompó, portavoz del PP en la Diputación de Valencia y líder provincial del partido, Vicente Mompó, pudiera ejercer ... una actividad privada y al mismo tiempo mantuviera régimen de dedicación exclusiva en el consistorio. Eso sí, rechaza anular los actos administrativos por los que se le abonaron las correspondientes nóminas.
El criterio del consistorio, expuesto a través de un informe de su secretaria-interventora remitido a la Agencia Antifraude, es la respuesta al expediente abierto por la entidad que dirige Joan Llinares a partir de que se pusiera en conocimiento de ésta que Mompó, entre 2012 y 2018, percibió una retribución del consistorio y, al mismo tiempo, ejerció una actividad privada en régimen de autónomo como gerente de Gestió i Serveis Mompó Aledo SL.
El caso, que saltó a los medios de comunicación en pleno proceso de elección del nuevo líder provincial de los populares, concluyó con un expediente de Antifraude que, en su apartado de conclusiones, proponía el «inicio de la revisión de oficio de aquellas actuaciones que incurrieran en causa de nulidad de pleno derecho (...), correspondientes a los actos administrativos aprobatorios de las distintas nóminas abonadas» a Mompó. Un acuerdo que, de llevarse a cabo, derivaría en última instancia en la devolución del sueldo percibido como alcalde (26.663,04 euros brutos anuales) entre 2012 y 2018.
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El Ayuntamiento de Gavarda admite una de las conclusiones de Antifraude, la relativa a la necesidad de aprobar un protocolo que informe a los cargos electos sobre el cumplimiento de la normativa en materia de incompatibilidades. Pero discrepa de la consideración de declarar la nulidad de pleno derecho (de la aprobación de las nóminas) y por tanto, de iniciar su revisión de oficio.
En concreto, el consistorio que dirige Mompó recuerda en su escrito que la empresa de la que el dirigente popular era gerente «nunca celebró contrato alguno» con el Ayuntamiento de Gavarda, de manera que la irregularidad cometida únicamente «consiste en esa ausencia de la declaración formal de compatibilidad por parte del pleno», una circunstancia que, obviamente, no puede subsanarse diez años después.
La secretaria-interventora de Gavarda considera que la «irregularidad formal» cometida se habría podido subsanar en su día «modificando la palabra 'exclusiva' por 'parcial' con una dedicación al 70%», porque con esa circunstancia «percibiendo exactamente las mismas retribuciones que percibió» con la dedicación exclusiva «hubiera sido perfectamente legal, sin necesitar si quiera obtener la declaración de compatibilidad del pleno». «No hubo ninguna intencionalidad o dolo en la actuación del cargo electo, sino que 'no se cayó en la cuenta del términos 'exclusiva' y en lo que ello podía implicar', se añade.
Mompó percibió por esa exclusiva algo más de 26.000 euros al año, una remuneración incluso inferior a lo que habría supuesto una dedicación parcial al 70% para un municipio del tamaño del de Gavarda. «El fondo del hecho que se cuestiona se ajusta a la legalidad y sería contrario a la justicia material atribuir a una irregularidad formal las consecuencias más graves que el ordenamiento jurídico atribuye a los actos aadministrativos, que es la nulidad de pleno derecho», se concluye.
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