Vista panorámica de la Mesa de Les Corts, durante una sesión plenaria. Jesús Signes

Un informe jurídico de Les Corts entierra la ILP 'per la independencia del País Valencià'

Los letrados desbaratan la propuesta del soberanismo catalán por «exceder la competencia legislativa» de la Cámara autonómica

JC. Ferriol Moya

Valencia

Domingo, 13 de octubre 2024, 14:36

Un informe elaborado por los servicios jurídicos de Les Corts a petición de la presidenta de la Cámara, Llanos Massó, cierra la puerta a debatir la Iniciativa legislativa Popular (ILP) presentada hace pocos días por una entidad soberanista catalana y que promovía una ley 'per ... la independencia del País Valencià'. El informe, al que ha tenido acceso este diario, concluye que esa iniciativa «no puede ser admitida a trámite» dado que afecta a materias excluidas de las que pueden ser abordadas por una ILP.

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El citado informe será abordado con toda probabilidad en la próxima reunión de la Mesa de Les Corts. La ILP, presentada el pasado 3 de octubre en el registro de la Cámara por 'Solidaritat catalana per la Independència', pretende 'que Cataluña se convierta en un Estado de Europa a través de la declaración de independencia desde el Parlament de Cataluña y la extensión progresiva de la independencia al conjunto de los 'països catalans''. Entre los impulsores de esta entidad, señala también la web, figura el presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, que en 2010 se presentó a las elecciones catalanas en la que esta organización logró cuatro escaños.

En el primer artículo de la proposición de ley señala que Les Corts reconocen «el Derecho de Autodeterminación como derecho inalienable de los pueblos». Y en los posteriores se plantea que la Cámara valenciana reconozca el resultado del referéndum catalán del 1 de octubre de 2017 y que la proclamación de la independencia le correspondería al pueblo valenciano «como titular de la soberanía nacional» y a Les Corts como sus representantes democráticamente elegidos. Ese derecho, se añade, puede ser refrendado en un pronunciamiento plebiscitario, «en l'àmbit del País Valencià, a petició de Les Corts».

El informe jurídico, por el contrario, recuerda que la Constitución establece en su artículo 1 que la soberanía nacional reside en el pueblo español. Y en el 2, se consagra la indisoluble unidad de la nación española. «Por tanto, la pretensión de la ILP de conseguir una proclamación formal de la soberanía nacional del pueblo valenciano, de forma separada e independiente de la soberanía nacional de la que es titular el pueblo español (…) excede la competencia legislativa de Les Corts».

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Los letrados remarcan que lo que la ILP pretende es una modificación de facto de la Constitución y del Estatuto de Autonomía

El texto de los servicios jurídicos de la Cámara recuerda que una modificación de la Constitución en los términos que, de facto, plantea la ILP presentada por esta entidad soberanista catalana, «es un acto reservado al poder constituyente y al propio titular de la soberanía, que es el pueblo español en su conjunto».

Y añade: «Les Corts (…) no tienen habilitación constitucional para suplantar la voluntad del titular de la soberanía, que es el pueblo español». La iniciativa presentada, se añade, pretende de facto una «modificación de la Constitución y del Estatuto de Autonomía sin seguir los procedimientos previstos».

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No es el primer informe jurídico que rechaza la tramitación de una iniciativa de este estilo. Los letrados del Parlament de Cataluña también se pronunciaron en contra de la tramitación de una iniciativa idéntica. En concreto, aquel informe señalaba, en línea con el presentado ahora por los letrados de Les Corts, que una propuesta de declaración de independencia suponía «una modificación substancial de la forma de Estado y de gobierno establecida y definida en la Constitución, además de repercutir en la definición del sujeto de la soberanía. Por tanto, cualquier regulación que altere o contradiga el diseño constitucional requiere una previa reforma constitucional».

«Si la Constitución ha prohibido expresamente que la reforma constitucional pueda incoarse como consecuencia del ejercicio de una iniciativa popular, es evidente que servirse de ésta para provocar el ejercicio de una iniciativa parlamentaria, ésta sí legitimada por aquel precepto para iniciar el proceso de reforma, supone contravenir la finalidad perseguida por el constituyente al prever la referida exclusión», se zanjaba.

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Pese a ello, tal y como informó este diario, el Parlament de Cataluña de mayoría independentista decidió obviar el criterio de sus servicios jurídicos y tramitar la norma. La decisión fue recurrida por el Gobierno ante el TC, que mantiene paralizado desde el pasado 27 de marzo el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Cataluña que tramitó la citada ILP.

El Constitucional mantiene suspendida una iniciativa idéntica que el Parlament de Cataluña sí que decidió tramitar

La presidenta de Les Corts, Llanos Massó, ya advirtió nada más conocer la presentación de esta iniciativa que haría «todo lo que esté en mi mano para que no se voten en estas Corts iniciativas que atentan contra la unidad española». «Cuando tomé posesión del cargo juré acatar la Constitución Española y haré todo lo que esté en mi mano para que no se voten en estas Corts iniciativas que atentan contra la unidad española que es en lo que se fundamenta nuestra Constitución», insistió.

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