José Luis Olivas, a las puertas de la Ciudad de la Justicia. irene marsilla

Olivas sostiene que su comisión en Erial ya fue juzgada en su condena por fraude

El expresidente de la Generalitat lamenta su indefensión, alega la prescripción y que jamás intervino en todo el proceso administrativo

A. Rallo

Valencia

Lunes, 12 de diciembre 2022, 01:16

José Luis Olivas batirá en los próximos meses un negativo récord para la imagen de la Comunitat. Se convertirá en el único expresidente de la Generalitat juzgado por tercera vez por un asunto de corrupción. Al margen de la salida a Bolsa de Bankia ( ... absuelto) y las aventuras en la gestión de Banco de Valencia, fue condenado por un fraude fiscal con su empresa antes de verse plenamente salpicado por el caso Erial, la investigación de una supuesta fortuna oculta de Eduardo Zaplana.

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Olivas ha presentado recientemente su escrito de defensa donde avanza su estrategia ante la amenaza de seis años de cárcel. En primer lugar, la supuesta prevaricación en la adjudicación del plan eólico (2003) mantiene que está prescrita. «La primera atribución se produjo el 30 de junio de 2020, durante la declaración judicial». Es decir, 17 años después de los hechos. El cohecho, por su parte, también está agotado aunque el plazo de prescripción sea de 15 años.

Argumenta, por otro lado, que resulta imposible dividir la causa -la parte que afecta al exconseller Fernando Castelló se envió a un juez de Castellón- y enjuiciar aquí, en Valencia, unos hechos cuyos supuestos responsables estarían en la otra parte del sumario.

La Audiencia ya condenó a Olivas a un año y medio de prisión por falsificar un factura para beneficiarse ante Hacienda

Además, el expresidente subraya que ya ha sido juzgado por estos hechos, en la anterior condena a un año y medio de prisión que le impuso un juzgado de lo Penal por el supuesto cobro de una comisión. En aquel entonces, recibió de Sedesa 580.000 euros por un supuesto asesoramiento en la venta de unas acciones. El fallo fue ratificado por la Audiencia. Según el letrado, esa sentencia aclaraba la diferencia entre que un gasto no sea deducible por no responder al concepto de la factura y que no hubiera una labor de negociación real en esa operación inversora.

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La defensa de Olivas se esfuerza en cuestionar las presuntas lagunas de la acusación. En este sentido, lamenta que a su patrocinado se le acuse de prevaricación cuando no existe ni una sola resolución administrativa acordada por el expresidente. «¿Es justo que se tenga que imponer esta carga al tribunal sentenciador, y a mi defendido el tener que comparecer para justificar que no dictó resolución alguna?», se pregunta.

El plan eólico

La acusación se basa en que Olivas cobró cerca de 600.000 euros de Sedesa como contrapartida a la adjudicación de una zona del Plan Eólico de la Comunitat. Sin embargo, se recuerda que en la adjudicataria, Pevsa, el 55% pertenecía a Endesa y el 20% a Bancaja. De igual modo, cuestiona otro de los agujeros de la investigación, siempre según su criterio. «Los adjudicatarios fueron los elegidos por la comisión de selección, con lo que no comprendemos que se acuse sin tener a la vista la realidad de lo que valoraron las personas físicas que materialmente eligieron a los adjudicatarios».

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El escrito hace un repaso por todos los puestos en los que estuvo Olivas y concluye que nunca tuvo una atribución de competencias capaz de influir en el proceso administrativo. Y hace, en este punto, una aclaración. «No puede caerse en el error de confundir una administración pública con una empresa y pensar que un «presidente lo puede todo», «lo sabe todo» o «lo puede corregir todo» (si es que algo hubiera de ser corregido o revisado) de suerte que se atribuya al presidente, por ello, el dominio funcional de cualquier hecho o una posición de garante».

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