La segunda parte de la jornada de este martes del caso Erial tuvo a los mismos protagonistas (los peritos), pero diferente materia (los parques eólicos). En este punto ya no se trataba de un concurso, como las ITV, sino de un concurso de libre ... concurrencia. «Se presentan solicitantes, licitadores, y la Administración hace una relación para ver los proyectos más idóneos de cada zona». Así era este reparto del territorio para el desarrollo de las instalaciones de energías renovables.
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En julio de 2001, el Consell aprueba el denominado Plan Eólico de la Comunitat a través de un decreto. Un total de 19 empresas mostraron su interés en las propuestas. Los especialistas de la Agencia subrayaron que pese a que se anunciaba el establecimiento de unos criterios objetivos predeterminados «ningún instrumento regulaba esas condiciones». Pero, además, se constituyó la denominada comisión de evaluación del plan «que tampoco fija criterios».
Fue en una sesión posterior «cuando se incorpora un informe que lo grave es que establece los criterios pero con posterioridad a haber conocido el contenido de los diferentes proyectos y solicitudes». Es decir, que los solicitantes «se presentaron a ciegas», sin conocer cómo iban a ser valorados sus proyectos. Por ejemplo, el experto de Antifraude expuso lo sorprendente que resulta que no se conocieran con posterioridad las potencias eléctricas de las respectivas zonas, aspectos que son «criterios límites de exclusión».
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En el expediente no figuran las propuestas de cada uno de los solicitantes, admiten los peritos. No se consideró necesario contrastar el contenido del dosier de Antifraude con las ofertas de los aspirantes, admiten a preguntas del letrado de Zaplana. «Es legal en los propios términos. Como un contrato menor de 18.000 euros a un amigo», reconocen los técnicos de Antifraude.
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La defensa de Zaplana ha recordado que existen dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que validan no sólo el proceso sino la «bondad» de los criterios técnicos elegidos por la Generalitat.
El letrado del expresidente de la Generalitat José Luis Olivas ha preguntado acerca del rol de su cliente en todo este proceso. «No se deduce que haya tenido una actuación al respecto», admitió en todo lo que han definido como los especialistas como «realidad preconfigurada». Cada vez aparece más despejado el horizonte judicial de Olivas.
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