
El Consejo de Transparencia, la Sindicatura de Greuges o la Agencia Antifraude constatan una resistencia cada vez más robusta a la rendición ... de cuentas. Especialmente en lo que respecta a los ayuntamientos de la Comunitat. La memoria del consejo relativa al año pasado señala que el número de resoluciones que estiman las denuncias contra la opacidad en los ayuntamientos, mancomunidades y consorcios locales se ha disparado. Concretamente, se ha doblado respecto al año anterior.
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En 2020 se registraron 103 denuncias contra entidades locales por no facilitar documentación pública, de las cuales el Consejo de Transparencia estimó 42 en su totalidad y 13 parcialmente. El año pasado, sin embargo, el organismo abrió 221 expedientes relativos a la presunta opacidad de ayuntamientos, consorcios y mancomunidades. Más del doble de reclamaciones en un año. De esas quejas, se falló a favor del denunciante en 108 ocasiones, en 78 casos estimando la queja completamente y en una treintena más dando la razón al denunciante de manera parcial. De este modo, las denuncias se incrementaron un 114%, las reclamaciones estimadas aumentaron un 85% y aquellas en que el consejo le da la razón parcialmente al denunciante suben un 130%.
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Para constatar la evolución de las denuncias en las diferentes administraciones se puede comprobar que desde 2017, cuando el Consell de Transparencia dio sus primeros pasos, el número de recursos fallados contra ayuntamientos de la Comunitat se han triplicado, mientras que las quejas respecto a la Administración autonómica se han doblado. Al comenzar la actividad del consejo, los conflictos con los ayuntamientos daban lugar al 59% de todas las reclamaciones recibidas en un año (2017), mientras que durante el ejercicio pasado fueron más del 72%.
Esta situación encaja perfectamente con los datos ofrecidos en sus memorias por la Sindicatura y la Agencia. Las resoluciones que dan la razón al demandante frente al ocultismo de la Administración es, en realidad, la punta del iceberg de la resistencia a la transparencia por parte de los distintos organismos públicos.
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Fuentes del Consell de Transparencia consideran «llamativo» el número creciente de casos que terminan con la desaparición sobrevenida del objeto reclamado; es decir, que la Administración concede el acceso a la documentación solicitada después de que se inicia el expediente por parte del consejo. Sería algo así como el 'Efecto Primo de Zumosol'. Cuando los poderes públicos advierten que el ciudadano está acompañado por el Consell de Transparencia, cambian su negligencia por un talente mucho más colaborativo.
«El ciudadano solicita acceso a la información. La Administración le ignora, o responde negativamente. El reclamante recurre a nosotros, que le pedimos explicaciones a la Administración… y es entonces cuando se busca el tiempo y la documentación que antes no se hallaban», señalan las mismas fuentes del consejo, que recuerdan casos de «Ayuntamientos diciendo al ciudadano que hallar esa información es sumamente complicado y que no tienen personal... y una semana después cuando nosotros le instamos a ello, resulta que sí se puede». En este sentido, el archivo de las denuncias porque la Administración cede una vez comprueba que el reclamante ha recurrido al consejo se ha quintuplicado entre 2017 y 2021.
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La pérdida del entusiasmo por la transparencia afecta también al tripartito, cuyas formaciones solicitaron informes con ahínco cuando estaban en la oposición. El Consell ha sido condenado durante los últimos 15 meses (a lo largo de todo el año pasado y en el primer trimestre del presente ejercicio) al pago de costas judiciales que, en su conjunto, superan los 86.000 euros. El pago de las costas suele imponerse como consecuencia de una actuación judicial en la que el tribunal considera que una de las partes debe hacerse cargo del pago de las costas procesales de la otra parte en litigio.
En este caso, el TSJ valenciano ha considerado en decenas de ocasiones que, como consecuencia de denuncias o recursos contencioso-administrativos presentados por el PP valenciano, la administración autonómica no sólo resultaba condenada a entregar la documentación que en algunos casos retenía desde hacía más de dos años, sino que además se le imponía el pago de las costas procesales del recurrente, en este caso la formación popular.
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