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El Sindic de Greuges también reprende a Antifraude por negar información al PP

El Sindic de Greuges también reprende a Antifraude por negar información al PP

La entidad que dirige Ángel Luna insta a la Agencia a entregar el expediente sobre Francis Puig

JC. Ferriol Moya

Valencia

Martes, 30 de marzo 2021, 13:38

El Síndic de Greuges, la entidad fiscalizadora de la actividad de la administración autonómica, ha aprobado un dictamen en el que reprende a la Agencia Antifraude por su negativa a entregar al PP valenciano el expediente sobre Francis Puig. La resolución de la entidad que dirige Ángel Luna recomienda a Antifraude que «respete el derecho fundamental de los diputados a solicitar datos, informes y documentos» a la Generalitat, tal y como establece el Reglamento de Les Corts.

El informe, elaborado a partir de la queja presentada por la secretaria general del PPCV, Eva Ortiz, recuerda que la sección cuarta de la sala contencioso administrativa del TSJ valenciano ya se ha pronunciado en el sentido de considerar que Antifraude no puede negarle documentación a los diputados. Y explica también que la entidad que dirige Joan Llinares ha alegado que la ley de creación de la Agencia es posterior a la aprobación del Reglamento de Les Corts y que es aquella la que regula su actuación. Y que añade que el derecho de los diputados a acceder a información no es absoluto y podría vulnerar el principio de confidencialidad.

En su resolución, la entidad que dirige Luna recuerda que el derecho de acceso a la información de los diputados es un «derecho fundamental» recogido en la Constitución, por lo que debe hacerse una interpretación restrictiva de todas aquellas normas que lo pongan en cuestión. Además, remarca que el Reglamento de Les Corts no queda desplazado por la ley de creación de la Agencia Antifraude, tal y como ya puso de manifiesto un informe elaborado por los servicios jurídicos de la Cámara.

El Síndic de Greuges señala además que la confidencialidad no es un «límite absoluto» y no se puede interpretar de una forma tan amplia y apriorística para extender esa confidencialidad a todos los documentos que integran un expediente en tramitación. «En definitiva, esta institución considera que (...) la Agencia no puede denegar el acceso aplicando una suerte de secreto o confidencialidad general de sus actuaciones», señala.

El informe subraya que los límites previstos en las leyes de Transparencia no son aplicables al acceso a la información por parte de los parlamentarios. Y que la protección de datos personales «no limita el derecho de acceso a la información de los diputados».

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