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El docente condenado por abusos, en el juicio en la Audiencia. Damián Torres
El Tribunal Supremo, listo ya para resolver sobre los abusos del ex de Oltra

El Tribunal Supremo, listo ya para resolver sobre los abusos del ex de Oltra

La Fiscalía coincide con la defensa y la acusación particular y descarta una rebaja de pena con la ley del sólo sí es sí

A. Rallo

Valencia

Viernes, 10 de marzo 2023, 15:36

Luis Ramírez Icardi, el docente condenado a cinco años de cárcel por los abusos sexuales a una menor, mantiene su última esperanza en la decisión del Tribunal Supremo. El alto tribunal resolverá en breve si ratifica la condena por abusos sexuales contra el ex marido de Mónica Oltra o si anula el fallo y obliga a la repetición del juicio. La Sala ha notificado este viernes una diligencia en la que recoge que las partes ya se han pronunciado respecto a las alegaciones sobre la ley del sólo sí es sí y ya sólo queda pendiente la sentencia.

La Fiscalía, al igual que la representación del educador condenado, han concluido que no es de aplicación la reforma de la ley para plantear una eventual rebaja de pena. Tanto defensa como acusación coinciden en la misma interpretación, posibilidad de la que ya informó LAS PROVINCIAS. 

Así, la modificación legislativa no puede considerarse como más favorable al docente condenado. La reforma, en realidad, no afecta al delito por el que fue condenado, un abuso a una menor de 16 años sin acceso carnal. En su día, le impusieron cinco años de cárcel por obligar a la menor a masturbarle.

La realidad es que las penas se mantienen en la misma horquilla pese a la modificación, tal y como informó LAS PROVINCIAS. El castigo sigue establecido entre un margen de dos a seis años de prisión. Se le sentenció a cinco porque se tuvo en cuenta la agravante de superioridad -él era el monitor de la joven en el centro de menores- y el hecho de que se trataba de un delito continuado.

En la reforma únicamente se introdujo un matiz en el tipo respecto a «hechos de menor entidad» donde se podría reducir la pena en un grado. Sin embargo, esta posibilidad resulta incompatible cuando se ha aplicado una agravante, tal y como ocurre en este caso.

El Tribunal Supremo acumula cierto retraso en esta resolución. La primera condena fue de finales de 2019. Pero el TSJ ordenó la repetición parcial de la vista para incorporar un informe que beneficiaba al acusado. También en este caso fue ratificada la condena, que ahora incluía duros reproches contra la actuación de la Conselleria de Igualdad. El TSJ respaldó este fallo en septiembre de 2021. Desde entonces, comenzaron los trámites para el recurso al alto tribunal.

La situación del monitor resulta complicada. De hecho, se vio obligado a pedir un crédito para aportar los 6.000 euros con los que debía indemnizar a la menor. Pretendía, con este adelanto, beneficiarse de una atenuante de reparación del daño y ver aligerada la pena. No fue apreciado por el tribunal de la Audiencia de Valencia.

Hasta hace unos meses -se ignora en el momento actual- seguía sin encontrar trabajo. Él, no obstante, tiene asumido que incluso en el caso de ser absuelto nadie le va a contratar con semejantes antecedentes. Está formándose, a través de diferentes cursos, para buscar alternativas a su carrera profesional. Recibió una indemnización de 28.000 euros tras ser despedido de su trabajo como monitor nada más conocerse la segunda sentencia de la Audiencia.

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