efe
Jueves, 25 de junio 2020, 12:10
La defensa del expresidente de la Generalitat Eduardo Zaplana ha pedido la supresión o, alternativamente, la reducción de sus comparecencias de cada lunes ante el Juzgado de Guardia, acordadas en el caso Erial, al ser persona de riesgo de contagio de COVID-19 por la enfermedad que padece.
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El caso se abrió para investigar el supuesto cobro de 10,5 millones en comisiones derivadas de las concesiones de ITV y parques eólicos en la Comunitat Valenciana, lo que podría constituir delitos de cohecho, blanqueo de capitales, malversación y prevaricación.
El expresidente y exministro pasó casi nueve meses en situación de prisión provisional por este caso, una parte de ellos ingresado en el Hospital de La Fe de Valencia debido a la leucemia que sufre.
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Fuentes del caso han explicado que, posiblemente, ni la jueza que investiga el asunto en el Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia ni el fiscal Anticorrupción se opondrán a acordar esta medida.
En su escrito, Daniel Campos, abogado de Zaplana, recuerda que el juzgado decretó la libertad provisional de su defendido con la obligación de comparecer todos los lunes en el Juzgado de Guardia, una orden con la que su defendido ha venido cumpliendo salvo durante el estado de alarma, cuando fueron suspendidas estas medidas cautelares.
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El abogado, que recuerda el gran arraigo que tiene su defendido y la familia de éste en España, explica también que «la situación actual no es exactamente la misma que antes de la pandemia, y subsiste la posibilidad de un rebrote del virus que obligue a los ciudadanos a confinarse de nuevo».
Añade que «tampoco escapa al conocimiento del Juzgado que don Eduardo Zaplana Hernández-Soro, debido a la enfermedad que padece, se encuentra entre la población de mayor riesgo en el caso de contagio por el COVID-19».
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El letrado recuerda también que el Consejo General del Poder Judicial ha aprobado un plan de choque con medidas para evitar aglomeraciones en los órganos judiciales. «Entendemos que, subsidiariamente y para el caso de no acordarse su supresión, resulta prudente acordar una reducción de las comparecencias semanales de mi mandante, estableciendo una frecuencia quincenal o mensual« según el criterio del juzgado, concluye el escrito.
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