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Zona donde se pretende ubicar la planta fotovoltaica. LP
La Planta fotovoltaica Bolbaite 2 obtiene la declaración de impacto ambiental

La Planta fotovoltaica Bolbaite 2 obtiene la declaración de impacto ambiental

La Dirección General de Urbanismo y Paisaje condiciona la aprobación del proyecto a medias como la exclusión de la superficie forestal afectada por el incendio de 2017

B. González

Xàtiva

Martes, 3 de diciembre 2024, 17:02

La Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental de la Conselleria de Medio Ambiente, ha aprobado la declaración de impacto ambiental del proyecto de la planta fotovoltaica Bolbaite-2, con capacidad de 46 megavatios y que se ubicaría, en los parajes de 'Las Balsillas' y 'El Mojón Alto' de Bolbaite y con línea de evacuación hasta Chella, en la Canal de Navarrés.

Eso sí, en el proyecto, promovido por Blue Viking Hildur SL (filial española de uno de los grupos más importante del sector de la energía renovable de Dinamarca), se tendrán que llevar a cabo una quincena de medidas preventivas, correctoras y compensatorias «para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, sin perjuicio de la previa obtención de las autorizaciones sectoriales que le sean de aplicación», según indica la resolución del director general de Paisaje, Miguel Àngel Ivorra Devesa.

Entre los condicionamientos están que la línea de evacuación de 30 kV prevista será soterrada y para ello se aprovecharán los caminos existentes o lindes de parcelas. La preservación de los terrenos forestales, lo que conlleva la exclusión de 15 parcelas de terrenos forestales del polígono 8 del término municipal  de Bolbaite, una de ellas para preservar las coníferas existentes. En este último caso, el promotor deberá «retranquear su perímetro para dejar un espacio de transición adecuado».

Tampoco se podrán instalar paneles solares sobre la superficie forestal afectada por el incendio de 2017, concretamente las parcelas 112, 115, 116 y 117 del mismo polígono y término municipal.

Asimismo, no se permite el alumbrado exterior permanente de la planta y se recomienda tanto para la planta solar como para la subestación que se ubicaría en el término de Chella, incluir vegetación perimetral con especies análogas a las del entorno, como coníferas o arbolado agrícola, considerándose trasplantar los olivos y algarrobos que fueran eliminados de las parcelas de la planta solar.

Tendrá que respetarse la topografía de los terrenos y serán las placas solares las que tengan que adaptarse a ellos. También se respetarán los bancales existentes, a fin de reducir la erosión que pueda provocar la lluvia y mantener el estrato en condiciones adecuadas para una buena filtración, además de mantener la vegetación existente en la zona; así como los barrancos.

Una de las vías pecuarias afectadas por el proyecto es la Cañada Real de Almansa. Al respecto, la dirección general de Paisaje establece que se respetarán sus anchuras legales, tras la solicitud de la pertinente autorización para su ocupación.También se requiere un plan de seguimiento de fauna para la comprobación de los posibles efectos del parque fotovoltaico sobre las diferentes comunidades de fauna y avifauna.

Según se indica en la resolución, el promotor tiene un plazo de 4 años para obtener la autorización de instalación de la planta antes de que cauque esta declaración de impacto ambiental.

Casi dos décadas

Cabe recordar que este proyecto se inició hace casi dos décadas. Fue promovido por Solcon Terrenos 2006 SL, que obtuvo la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable en mayo de 2009 y la Declaración de Interés Comunitario en diciembre de ese año.

En 2013, el Servicio Territorial de Energía, solicita una DIA complementaria con unas modificaciones respecto al proyecto original relativo a la línea de evacuación, en un principio aérea, por una subterránea por todo el trazado hasta la subestación prevista en el municipio de Chella. El objetivo era minimizar el impacto visual de la línea, así como sobre la avifauna, dado que la instalación y la línea de evacuación discurre en gran parte en la zona ZEPA Sierra de Martes-Muela de Cortes.

En 2020 caducó  la Autorización Administrativa de construcción concedida inicialmente, por lo que el nuevo titular del proyecto tuvo que iniciar la tramitación. El nuevo promotor tuvo que iniciar de nuevo el trámite de evaluación ambiental, aunque solicitó la convalidación de la DIA complementaria realizada en 2013, que fue aceptada por las direcciones generales de Evaluación Ambiental y Territorial y de Calidad y Educación Ambiental de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.

El proyecto se sometió a información pública en diciembre de 2022, en la que la Asociación La Canal Verde presentó alegaciones indicando su oposición a la construcción del proyecto, alegando motivos como que la instalación solar se emplaza en zona de alta y máxima sensibilidad ambiental, la falta de justificación por parte del promotor del cumplimiento de los criterios de los artículos 8 a 10 del Decreto ley 14/2020 o que resulta insuficiente el estudio de afección a Red Natura 2000, entre otras.

En respuesta a esta alegación anterior, la mercantil Blue Viking Hildur SL contestó a los distintos argumentos alegados por la Asociación La Canal Verde, justificando la existencia del documento donde se refleja el cumplimiento de los criterios alegados del Decreto; la compatibilidad urbanística; que el proyecto Bolbaite-2 ha sido redactado teniendo en cuenta las indicaciones de los distintos informes o y que se ha redactado con base en la alternativa ambientalmente seleccionada en la DIA favorable y aceptada por la administración.

El proyecto se vuelve a someter a información pública en mayo de este año «por corrección de errores en la información pública primera por omisión de documentación». La resolución acordada por la Dirección General de Paisaje con respecto a la DIA considera los informes favorables de las direcciones generales de Medio Natural y Animal y la Educación, Cultura y Deporte; así como el de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ).

Recarga de acuíferos

Por su parte, el Servicio de Gestión de Riesgos en el Territorio, en enero de este año, ve viable el proyecto condicionado, eso sí, a medidas correctoras que protejan la recarga de acuíferos. Concretamente se indica que «el criterio de no implantación de instalaciones de este tipo en suelos de interés para la recarga de acuíferos cuando se emplea tecnología apropiada que garantice la infiltración del agua al subsuelo, se puede flexibilizar de forma excepcional, siempre que se procure mantener unas condiciones de infiltración semejantes a las existentes». Medidas que son las que se indican en esta resolución favorable de la DIA.

Todo ello después del informe del Servicio de Gestión Territorial, también perteneciente a la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental, con fecha del 22 de marzo de 2023, en el que se concluye como no viable dado que la instalación se localiza en un área estratégica 1 en cuanto a la recarga de acuíferos, y «visto la gran superficie que ocupa la planta solar, se considera incompatible su implantación».

Esta Declaración de Impacto Ambiental no puede ser objeto de recurso, aunque sí se podrá recurrir por la vía  administrativa y judicial la autorización de la misma por parte de la Dirección General de Urbanismo, Paisaje y Evaluación Ambiental.

Desde el colectivo La Canal Verde, como entidad que presentó alegaciones, indican que se estudiarán el expediente tras la aprobación de la DIA, aunque consideran que se han omitido muchas informaciones. Creen que aún queda recorrido porque no es la resolución definitiva, dado que la última palabra es de la Conselleria de Industria.

De todas formas, en caso de que la Conselleria dé el visto bueno al proyecto no descartan recurrir todo junto, es decir, tanto la autorización de la DIA como la del proyecto.

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