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Notario estampa un sello en un documento. Fotolia
La advertencia sobre el límite de tiempo que tienes que guardar estos documentos si no quieres tener problemas

La advertencia sobre el límite de tiempo que tienes que guardar estos documentos si no quieres tener problemas

La Organización de Consumidores y Usuarios ha elaborado una lista en la que indica el periodo durante el que debemos de conservar estos papeles

Sara Bonillo

Valencia

Martes, 14 de mayo 2024, 14:19

Es cierto que en nuestro día a día acumulamos una enorme cantidad de documentación y papeleo. Recibos, contratos, tickets, facturas etc. Muchas veces, por falta de espacio o por desconocimiento, optamos por tirarlos a la basura, sin saber las consecuencias que esto puede tener en un futuro.

Por este motivo, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha elaborado un listado en el que explica la importancia de guardar ciertos documentos durante un periodo específico de tiempo. Esta práctica puede librarnos de más de un problema, permitiéndonos en un futuro ejercer nuestros derechos de consumidor o demostrar algún pago.

A la hora de establecer el límite de tiempo, la OCU se ha guiado por los respectivos tiempos de prescripción que marca la ley. A continuación, te detallamos el límite de tiempo en el que se aconseja conservar cada uno de los siguientes documentos.

Tickets y facturas

Se aconseja conservarlos durante al menos 3 años, ya que este es el plazo de garantía de un bien. Es el plazo actual de la garantía de un bien, y el tique o factura es el documento que prueba cuando lo compraste, y debes conservarlo durante ese tiempo: la desaparición del documento implica también la posibilidad de ejercer el derecho.

Además, se recomienda guardar las facturas relacionadas con la propiedad de un inmueble, así como los justificantes de obras, ya que estos pueden ser necesarios para reclamar ante el seguro en caso de robo o siniestro.

Pólizas de seguro y documentación adicional

Deben conservarse hasta dos años después de la firma del contrato, o hasta 5 años después de la finalización del mismo en el caso de seguros de personas, como los que cubren fallecimiento o incapacidad.

Contratos de alquiler

Se recomienda mantenerlos durante 5 años después de la finalización del contrato, dado que es a partir de este plazo cuando prescriben las rentas no pagadas.

Escrituras de titularidad y documentos de propiedad

Deben conservarse siempre, al igual que los justificantes de compra y pago de bienes inmuebles, así como las facturas de reparaciones o mantenimiento de vehículos.

Documentos de Identidad

Siempre deben guardarse, incluyendo el DNI, pasaporte, y tarjeta de la Seguridad Social.

Documentación fiscal

Deben conservarse hasta 4 años después de la declaración de la Renta, incluyendo justificantes de pagos deducibles y cualquier documento relacionado con ventajas fiscales.

Documentos académicos y profesionales

Se recomienda conservar siempre los títulos o certificados que demuestren los estudios completados y cualquier otra documentación académica.

Documentos sanitarios

Deben mantenerse durante varios años, incluyendo resultados de pruebas diagnósticas y toda información relevante para profesionales de la salud.

Contrato de trabajo

Mientras estés trabajando en la empresa. Los documentos «profesionales» conviene guardarlos como mínimo hasta ver reconocido el derecho a pensión.

Certificado de vida laboral

También estos certificados conviene guardarlos como mínimo hasta la jubilación o hasta que se reconozca el derecho a pensión.

Cabe destacar que muchos de estos documentos pueden conservarse en formato digital, lo que facilita su almacenamiento y acceso en caso de necesidad.

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