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Una inmobiliaria de la ciudad de Valencia. I. Arlandis
Un asesor inmobiliario lanza un aviso a los inquilinos que cumplen cinco años de contrato

Un asesor inmobiliario lanza un aviso a los inquilinos que cumplen cinco años de contrato

Alberto Sánchez advierte sobre los derechos que tienen los arrendatarios

Miércoles, 19 de febrero 2025, 01:26

El acceso a la vivienda sigue siendo una de las mayores preocupaciones en España, tanto para propietarios como para inquilinos. Mientras algunos dueños de inmuebles temen la okupación, muchas personas que residen de alquiler afrontan la incertidumbre sobre posibles subidas de precio o la no renovación de su contrato en un mercado que sigue encareciéndose.

En este contexto, el abogado inmobiliario Alberto Sánchez, conocido por su perfil en TikTok (@legalmente.rrss), ha querido aclarar una duda habitual entre los inquilinos: qué sucede cuando un contrato de arrendamiento alcanza el quinto año. Su respuesta, que ya acumula cerca de 350.000 visualizaciones, ha despertado gran interés.

«Te está avisando tarde»

Una usuaria planteaba la pregunta directa: «¿Me pueden echar o subir lo que quieran el alquiler?». Ante ello, Sánchez explica que, si el contrato de alquiler cumple cinco años, el propietario debe notificar con al menos cuatro meses de antelación su intención de no renovarlo. «Si tu contrato de alquiler va a alcanzar el quinto año el propietario, para echarte, te tiene que avisar al menos con cuatro meses de antelación de que no quiere que el contrato continúe», señala.

Si este aviso no se produce en el plazo indicado, el contrato se prorroga automáticamente por otros tres años. «Si te avisa con tres, te avisa con dos o te avisa con un mes, te está avisando tarde», recalca el abogado, quien insiste en que el contrato «se prorroga hasta otros tres años más». Además, aclara que estos tres años «son a voluntad de lo que diga el inquilino», es decir, la continuidad del arrendamiento dependerá de su decisión, no de la del propietario.

El experto también recuerda que el dueño del inmueble tendrá una nueva oportunidad para finalizar el contrato una vez transcurridos esos tres años adicionales, es decir, cuando se alcance el octavo año de arrendamiento.

«No se ganan derechos, más bien se pierden»

El vídeo ha generado numerosas preguntas en los comentarios. Un usuario cuestiona si es legal que el propietario aumente el precio del alquiler cada año, a lo que Sánchez responde con claridad: «Es perfectamente legal que el propietario te quiera subir la renta en cada anualidad del contrato de alquiler». No obstante, puntualiza que esta subida solo es válida si cumple los requisitos legales, entre ellos, que la actualización de la renta esté estipulada en el contrato y que el incremento no supere la variación del IPC o del IRAV (Índice de Precios de Arrendamiento de Viviendas).

Otro usuario pregunta si el tiempo que un inquilino ha pasado en la vivienda le otorga algún derecho especial sobre la misma. Sobre este tema, el abogado es tajante: «Por el hecho de llevar mucho tiempo viviendo en una vivienda de alquiler no se ganan derechos, más bien se pierden». Explica que la ley protege a los arrendatarios durante los primeros años, estableciendo prórrogas automáticas, pero con el paso del tiempo estas garantías desaparecen, lo que facilita al propietario poner fin al contrato.

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