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Los niños salen desde el domingo 26 de abril a la calle. Efe
El Gobierno explica en el BOE de hoy por qué fija en 14 años la edad para poder salir a la calle

El Gobierno explica en el BOE de hoy por qué fija en 14 años la edad para poder salir a la calle

Un BOE extraordinario regula la letra pequeña de los paseos

LP.ES

VALENCIA

Sábado, 25 de abril 2020, 08:27

El BOE de hoy 25 de abril de 2020 publica la prórroga del estado de alarma hasta las 00:00 horas del día 10 de mayo de 2020 e incluye como novedad la posibilidad de que los menores de 14 años puedan acompañar a un adulto responsable de su cuidado cuando este realice alguna o algunas de las actividades previstas por el Real Decreto. Un BOE extraordinario publicado horas después regula letra pequeña de dichas salidas a la calle.

El Gobierno explica por qué la edad límite fijada ha sido la de los 14 años, de manera que los menores entre 14 y 18 años no quedan comprendidos en el grupo que podrá salir una hora a la calle cada día.

«Se ha entendido razonable establecer ese umbral de edad», argumenta el Gobierno, «en cuanto que a partir de los 14 años el grado de autonomía del menor le permite prescindir del acompañamiento de un adulto en esos desplazamientos».

Puedes consultar el BOE en este PDF. Puedes ampliar, imprimir, descargar o compartir el documento. Si no puedes visualizarlo correctamente en tu dispositivo, recarga la página.

Levantamiento de medidas

El Gobierno subraya que «no cabe entender que una vuelta a la normalidad equivalga a la supresión del riesgo sanitario, puesto que este escenario solo será posible cuando se disponga de una vacuna, un tratamiento médico eficaz o de la inmunidad necesaria de la población. En las actuales circunstancias de evolución de la pandemia, y a la luz de la experiencia comparada, la condición para iniciar la vuelta progresiva a la normalidad se cifra, más bien, en poder identificar los nuevos brotes para generar una rápida y eficaz respuesta de control epidemiológico que proteja al conjunto de la población y que evite la presión sobre la capacidad asistencial del sistema sanitario.

Ello hace posible, a su vez, concebir las medidas de contención cuya prórroga se establece en ese real decreto en un horizonte temporal limitado. Si los datos disponibles sobre la evolución de la enfermedad permiten concluir al término del periodo de vigencia de esta tercera prórroga que las medidas de contención permiten alcanzar los objetivos fijados para esta nueva fase, podría plantearse un escenario de gradual levantamiento de las medidas que aquí se prorrogan«, concluye.

«El restablecimiento de la normalidad requerirá en este caso mantener durante un tiempo adicional las medidas de mitigación socioeconómica a fin de recuperar la actividad productiva y de empleo de los sectores que resulten más afectados. De nuevo, el carácter limitado en el tiempo de las medidas de contención aplicadas para hacer frente a la gestión de la crisis sanitaria, junto con las medidas que de forma simultánea se están articulando en materia socioeconómica, permitirán paliar el impacto de las primeras sobre el conjunto del tejido productivo».

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