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Cambio radical en las bajas laborales 2025: los nuevos requisitos que exigirá la Seguridad Social

El organismo público busca modernizar la forma en que se conceden y supervisan las bajas laborales

Viernes, 3 de enero 2025, 00:52

La Seguridad Social ha anunciado una serie de reformas que transformarán la forma en que se conceden y supervisan las bajas laborales.Estas medidas buscan no solo garantizar una mayor eficacia en la gestión de las incapacidades temporales, sino también modernizar un sistema que, hasta ahora, presentaba ciertos retos tanto para los trabajadores como para las empresas.

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Entre los cambios más significativos que se esperan para este 2025 con respecto a las bajas laborales, destaca la obligación de las empresas de proporcionar información detallada sobre las funciones específicas que desempeña el empleado en su puesto de trabajo. Este requisito permitirá evaluar con mayor precisión si una baja está justificada en función de las tareas que el trabajador realiza habitualmente. Además, se implementarán revisiones médicas periódicas y más exhaustivas, cuyo objetivo será analizar la evolución de cada caso y determinar si la reincorporación del empleado es viable, incluso antes de una recuperación completa.

Otro de los aspectos novedosos es la posibilidad de que se establezcan bajas intermitentes, un modelo que permitiría al trabajador combinar días de recuperación con jornadas laborales parciales, siempre que las condiciones lo permitan. Este cambio busca equilibrar las necesidades del empleado con las del empleador, evitando ausencias prolongadas cuando no son absolutamente necesarias.

En cuanto a la duración de las bajas, la nueva normativa establece un límite máximo de 18 meses, divididos en dos etapas: un periodo inicial de 360 días y una prórroga de 180 días adicionales, que será concedida solo si el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) determina que existe una alta probabilidad de recuperación en ese tiempo. Si al final de este periodo el trabajador no puede reincorporarse, se evaluará la posibilidad de otorgarle un grado de incapacidad permanente.

¿Quién paga las bajas laborales?

El pago de las bajas laborales depende tanto de la duración de la incapacidad temporal como de la causa que la haya originado. Durante los primeros 15 días de baja, es la empresa la que asume la totalidad del coste. Sin embargo, a partir del día 16, el pago pasa a ser responsabilidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o de la mutua correspondiente, quienes continuarán abonando la prestación hasta el final del periodo de incapacidad.

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El importe que recibe el trabajador se calcula en función de su base reguladora y varía según el tipo de contingencia. En casos de enfermedad común o accidente no laboral, el empleado percibe el 60 % de su base reguladora entre el cuarto y el vigésimo día de baja, y a partir del día 21, el porcentaje aumenta al 75 %. Por otro lado, si la baja está causada por un accidente laboral o una enfermedad profesional, el trabajador recibe el 75 % de la base reguladora desde el primer día de la baja.

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