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Jueves, 30 de septiembre 2021
La Comisión de Interior del Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves, con competencia legislativa plena, el proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, que pasa ahora al Senado.
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Durante el debate del texto, se ha aprobado una enmienda con la que decae una de las medidas más destacadas y probablemente de las más polémicas, la eliminación del margen de 20 kilómetros hora (km/h) adicionales para adelantar en carreteras convencionales, que proponía el Gobierno y que varios grupos habían criticado, entre ellos, PP y VOX.
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El proyecto de ley, que modifica la Ley de Tráfico de 2015, tiene como objetivo el agravamiento de las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo.
Entre las novedades que incluye esta reforma normativa destacan:
-Penalización con seis puntos del carnet por conducir sujetando el móvil con la mano, se esté usando o no. Supondrá una infracción cuya multa será de 500 euros.
-Penalización con cuatro puntos no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección.
-Se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.
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-La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en «utilizar» mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de «llevar en el vehículo» esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos que se asignaba a la anterior infracción. Será una infracción multada con 500 euros.
Asimismo, la Comisión, que ha presidido por primera vez el exministro José Luis Ábalos, ha aprobado este jueves una transaccional del Partido Popular, PNV y Ciudadanos, por la que a partir del 6 julio de 2022 los conductores profesionales de transporte de viajeros y mercancías deberán disponer de alcoholímetros antiarranque, que impiden arrancar el motor del vehículo cuando el conductor rebasa el límite de alcohol permitido legalmente.
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