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¿Cuántos días corresponden de vacaciones en verano?: depende de la jornada laboral

Los trabajadores deben conocer la fecha de sus vacaciones con un periodo mínimo de antelación

Clara Alfonso

Valencia

Jueves, 9 de mayo 2024, 01:02

En la antesala del verano, cuando las ansiadas vacaciones se convierten en tema de conversación recurrente en los puestos de trabajo, comienzan a surgir las dudas con respecto a la cantidad de días de descanso que corresponden legalmente. Algunos creen que quince días son elegidos por el trabajador y otros quince por la empresa. Sin embargo, desde el Sindicato CCOO, Federación de Servicios de Comisiones Obreras, han querido aclarar cuántos días de vacaciones corresponden en verano y con cuánta antelación debemos saberlo.

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Tal y como explican desde el sindicato, la ley laboral no establece que los quince días de vacaciones sean seleccionados por la empresa o el trabajador, ni permite comunicar el disfrute de las mismas con una semana de antelación. De hecho, de acuerdo con la legislación vigente, los trabajadores deben conocer la fecha de sus vacaciones con al menos dos meses de anticipación, lo que les permite planificar adecuadamente sus planes de descanso.

En este sentido, es importante comprender que el período de vacaciones se establece mediante un acuerdo entre el empleador y el trabajador, siguiendo las disposiciones del convenio colectivo aplicable en la empresa. Cada convenio puede proporcionar orientaciones sobre el período preferente para disfrutar de las vacaciones, su distribución y otros aspectos relacionados.

30 días naturales

En cuanto a la duración de las vacaciones, la ley establece un mínimo de treinta días naturales, aunque esta cifra puede variar según lo estipulado en el convenio colectivo de cada empresa. Si surge algún desacuerdo entre el empleador y el trabajador, la jurisdicción competente resolverá la situación y «su decisión será irrecurrible (artículo 38 de E.T.)», explican desde CCOOO.

Es importante señalar que las vacaciones no son sustituibles por compensación económica, «salvo que se produzca una finalización de contrato o un despido y aún no se hayan disfrutado las vacaciones», añaden.

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