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l. b.
Jueves, 9 de diciembre 2021, 01:46
Conducir sin la documentación adecuada supone una infracción del Código Penal en España, con penas de hasta 6 meses de cárcel en algunos casos. A pesar de ello, en ocasiones algunos conductores dudan sobre qué documentación es obligatorio llevar siempre en el coche.
Según aclaran desde la Dirección General de Tráfico (DGT), la documentación necesaria será o bien referente al conductor, o bien al vehículo. Si nos para la policía, podrá requerir cualquiera de estos papeles:
- Carnet de conducir. En caso de haberlo perdido, por ejemplo, se podrá presentar la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico o una fotocopia compulsada.
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- Permiso de circulación. Es obligatorio llevarlo en el coche siempre que este circule.
- Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV). Para cumplir este requisito, deberemos tener a mano el informe de la ITV además de la pegatina correspondiente pegada en el parabrisas.
- Seguro obligatorio. En España, todos los vehículos tienen que tener un seguro. No obstante, desde la DGT recuerdan que desde 2008 no es obligatorio llevar siempre la póliza de seguros en el coche, aunque sí es recomendable.
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Si, por otra parte, el coche no es nuestro porque se trata de un vehículo de alquiler, seguirá siendo obligatorio contrar con toda la documentación pertinente.
En caso de haber perdido cualquiera de estos papeles, se podrá solicitar un duplicado con cita previa en la Jefatura Provincial de Tráfico o en la ITV.
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