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EUROPA PRESS
Viernes, 9 de abril 2021, 20:52
Mientras avanza el proceso de vacunación, la mascarilla sigue siendo obligatoria en espacios interiores, gimnasios, bares y terrazas mientras no se consuma y en espacios al aire libre. En los vehículos privados, desde que se inició la pandemia, siempre ha existido polémica en torno a sus usos. La DGT reclaca que únicamente cuando en el vehículo haya personas del mismo núcleo de convivencia o cuando se viaje solo no se debe llevar.
Cuando a un vehículo suban personas pertenecientes a dos o más grupos de convivencia diferentes los ocupantes deberán llevar puesta la mascarilla. No hacerlo supone una sanción de hasta cien euros.
Pero, ¿quién multa en este caso? La Dirección General de Tráfico (DGT) ha afirmado que carece de competencias para imponer sanciones a los conductores que realicen un uso inadecuado de mascarillas en los vehículos, pero esto no significa que no llevar la mascarilla en los casos en que sea obligatoria no esté multado. «El uso de la mascarilla es una medida sanitaria y de salud pública, por tanto la DGT no tiene competencia alguna en la regulación de la misma», ha manifestado el departamento que dirige Pere Navarro.
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Asimismo, ha precisado que «no hay ningún artículo en la Ley de Tráfico y Seguridad vial, ni en los reglamentos que la desarrollan que recoja que no llevarla, quitársela o demás acciones con la misma sea un precepto infractor y mucho menos que lleve aparejado la pérdida de puntos del permiso de conducir, por tanto no es sancionable«.
📢 En relación con noticias aparecidas sobre denuncias a conductores por no usar mascarilla, #DGT informa
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) April 7, 2021
▶️ El uso de la mascarilla es una cuestión de salud pública. Por tanto, su no uso no es una infracción de Tráfico y NO es SANCIONABLE por DGT, ni con multa ni con puntos. pic.twitter.com/QOa7qbrSkY
Así, no llevar mascarilla en el vehículo cuando se viaja con personas no convivientes es sancionable, pero no por la DGT, sino por el organismo competente. La clave está en el artículo por el que tramitarán la sanción y que nunca estará relacionado con las leyes de tráfico.
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