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DGT | Las multas de 20.000 euros que te puede poner la DGT por estos delitos graves

Las multas de 20.000 euros que te puede poner la DGT por estos delitos graves

El Reglamento de Circulación establece severas sanciones para determinados comportamientos relacionados con el Tráfico

M. g.

Martes, 12 de octubre 2021, 02:00

La DGT se pone cada vez más firme y las sanciones de Tráfico van aumentando para proteger la seguridad social. La cuantía de las multas varía en base a la gravedad de la infracción. Igualmente, no al mismo tipo de sanción le corresponde siempre la misma cantidad económica de multa, sino que esta puede variar dependiendo de las circunstancias, del conductor...

Dentro de estas sanciones, hay algunas que acarrean multas especialmente costosas.

Dos sanciones graves

La primera tiene que ver con el estado de la calzada y de la infraestructura viaria: dañar el asfalto o el resto de la infraestructura, por motivos relacionados con la masa y el tamaño del vehículo y con la obtención de una autorización administrativa pertinente, se castiga con multas de entre 3.000 euros y 20.000 euros, dependiendo de la gravedad del daño y de otros factores.

El segundo supuesto es por causar, igualmente, daño o modificaciones en las señales de tráfico. Alterar la información impidiendo que el resto de usuarios puedan interpretarlas, ocultarlas o estropearlas estará también castigado con el mismo rango de sanción. Estos hechos están considerados tan graves porque ponen en riesgo la circulación y atentan contra la seguridad vial de los demás conductores.

Otras multas de hasta 20.000 euros

No instalar la señalización de obras o hacerlo incumpliendo la normativa vigente, poniendo en grave riesgo la seguridad vial.

Incumplir las normas que regulan las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial.

• Instalar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.

• Incumplir las normas sobre el régimen de autorización y funcionamiento de los centros de enseñanza y formación y de acreditación de los centros de reconocimiento de conductores autorizados o acreditados por el Ministerio del Interior o por los órganos competentes de las comunidades autónomas, que afecten a la cualificación de los profesores o facultativos, al estado de los vehículos utilizados en la enseñanza, a elementos esenciales que incidan directamente en la seguridad vial, o que supongan un impedimento a las labores de control o inspección.

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