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DNI: por qué tiene fecha de caducidad | Quién tiene que renovar el DNI cada 5 ó 10 años y quién no tiene fecha de caducidad

Quién tiene que renovar el DNI cada 5 ó 10 años y quién no tiene fecha de caducidad

El Ministerio del Interior puntualiza que una fotocopia del documento «no tiene valor si no va acompañada del original»

j. lita

Jueves, 21 de octubre 2021, 11:40

El Documento Nacional de Identidad es imprescindible para cualquier actividad o trámite oficial, partiendo de la base de que es obligatorio tanto llevarlo siempre como mostrarlo ante la solicitud de un agente de la autoridad. Aún siendo un documento de uso habitual, existen dudas o cuestiones que en ciertos casos se desconocen. En este punto está si es obligatorio llevar siempre el DNI para ir por la calle, la elección de la letra del DNI, que responde a un cálculo matemático personalizado, y por qué hay diferentes periodos de validez para el DNI. El Ministerio del Interior explica esas variaciones y también detalla que hay casos en los que, sin depender de la edad, se concede una validez permanente. El DNI es obligatorio para cualquier persona desde los 14 años y la fotocopia del mismo sólo tiene validez si va acompañada del documento original.

Varias personas de diferentes edades tiene diversos periodos de validez para su DNI. En unos casos caduca en sólo un año, en otros el periodo se amplía hasta los 5 años y también hay caducidad del DNI cada 10 años e incluso que no caduca nunca. Todo depende de la edad del titular. No existe límite de edad para tener el DNI, simplemente se expone desde Interior que es obligatorio siempre a partir de 14 años. En el caso de los menores de 5 años la validez de su DNI es de 2 años.

Entre los 5 y los 30 años el periodo de validez de un DNI se amplía hasta los 5 años, mientras que entre los 30 y los 70 años la caducidad se da cada 10 años. A partir de los 70 años la fecha que se indica de validez en cada tarjeta se elimina ya que es «permanente«. Pero como en cualquier trámite o disposición administrativa existen excepciones o situaciones especiales. Así, toda aquella persona mayor de 30 años que certifique una condición de gran inválido tendrá un DNI permanente, mientras que el DNI sólo tendrá un año de validez «en casos especiales, como en los supuestos en que, por circunstancias ajenas al solicitante, no pudiera ser presentado alguno de los documentos, y siempre que se acrediten por otros medios, suficientes a juicio del responsable del órgano encargado de la expedición; o en los supuestos de variación de los datos que se recogen en el Documento Nacional de Identidad, siempre que no se puedan aportar los documentos justificativos que acrediten dicha variación«, según detallan desde el Ministerio del Interior.

Obligatorio, certificados y fotocopias

Desde el Ministerio del Interior se explica que con la expedición del propio documento se tiene acceso a los certificados electrónicos que van incorporados en el DNI. Éstos tienen una validez de 5 años, se renuevan con cada renovación del documento, pero si este se pierde dejan de tener valor. Asimismo, Interior explica en su web que la fotocopia del DNI sólo tiene valor si va acompañada del documento original.

El DNI es un documento obligatorio para toda aquella persona residente en España a partir de los 14 años, aunque también deberán tenerlo aquellas personas que siendo residentes en el extranjero se trasladen a España por tiempo no inferior a los seis meses.

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