Borrar
Aplausos en la sesión en la que se aprobó eliminar el término 'disminuido' Efe
La eliminación del término 'disminuido' evita el referéndum para reformar la Constitución

La eliminación del término 'disminuido' evita el referéndum para reformar la Constitución

Ha finalizado el plazo legal previsto para solicitar este procedimiento y el cambio entrará en vigor cuando lo sanciones el Rey y se publique en el BOE

Europa Press

Madrid

Martes, 13 de febrero 2024, 15:17

La reforma del artículo 49 de la Constitución para eliminar el término 'disminuido' no contará con referéndum de ratificación, tras finalizar este lunes el plazo de 15 días para solicitarlo y no reunir el número mínimo de diputados o de senadores requerido (10 por ciento de la Cámara respectiva).

Según ha recordado este martes el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), sólo falta la sanción del Rey, con refrendo del Presidente del Gobierno y la publicación de la modificación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en todas las lenguas oficiales del Estado, para que entre en vigor.

En este sentido, la organización celebra la culminación del proceso «largamente anhelado» por el movimiento social de la discapacidad que «robustece y ensancha la democracia española».

El Pleno del Senado aprobó el 25 de enero definitivamente la reforma del artículo 49 de la Constitución para sustituir la palabra 'disminuido' por 'persona con discapacidad', con todos los partidos a favor menos Vox.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

lasprovincias La eliminación del término 'disminuido' evita el referéndum para reformar la Constitución