Sábado, 16 de noviembre 2019
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La Dirección General de Tráfico tiene preparadas ya para su aprobación dos reformas, una de ellas afectará al Reglamento de Circulación y establecerá un límite genérico de 30 km/h, solo en ciudad y en vías de un carril por sentido.
La otra se refiere al Reglamento de Vehículos y regulará los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Éstos no podrán circular por las aceras, ni por vías interurbanas, tendrán un límite de velocidad de 25 km/h y serán considerados vehículos y, como tales, sus conductores serán sancionados por consumo de alcohol y drogas o por llevar auriculares.
Establecer una limitación de velocidad a 30 km/h no es arbitrario. Un estudio de la OMS (Organización Mundial de la Salud) de 2011 sobre atropellos y velocidad estableció que el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello se reduce como mínimo cinco veces si la velocidad del vehículo que impacta es de 30 km/h en lugar de 50. La medida propuesta puede asegurar la supervivencia en la mayoría de los casos.
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