Un cazador, en una imagen de archivo. EFE

Calendario de caza en la Comunitat y horarios permitidos para caza menor, de jabalís y con cetrería

Consulta la normativa de la Orden General de Vedas para la temporada 2022/23 en Valencia, Alicante y Castellón

REDACCIÓN

VALENCIA

Miércoles, 5 de octubre 2022

La ORDEN 13/2022, de 5 de agosto, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, fijó los períodos hábiles y normas de caza en las zonas comunes para el periodo 2022/2023 y establece otras regulaciones en los cotos de caza y zonas de caza controlada en la Comunitat Valenciana.

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En las zonas comunes de caza de la Comunitat Valenciana

1. La caza del conejo con perros y sin armas

Periodo: desde el 17 de julio al 25 de diciembre de 2022.

Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales. Horario general.

Condiciones específicas: máximo de 12 perros por cazador y de 20 por grupo de cazadores.

Queda prohibido el empleo de galgos.

2. Cetrería: Caza con aves de cetrería

periodo: desde el 12 de octubre de 2022 hasta el 1 de enero de 2023.

Días hábiles: todos los días. Horario general.

Condiciones específicas: se permite para todas las especies cinegéticas de caza menor, excepto la perdiz que adelanta el cierre de la temporada al 6 de noviembre y la liebre sobre la que no está permitida la actividad cinegética.

Se autoriza la caza con auxilio de hasta dos perros por cetrero para levantar las piezas.

Entrenamiento de aves de cetrería: periodo: todo el año, con señuelo artificial y desde el 1 de julio de 2022 hasta el 28 de febrero de 2023 con piezas de escape, debidamente marcadas.

Días hábiles: todos los días. Horario general.

3. Caza con arco y/o ballesta

En cualquier modalidad en la que esté previsto el uso de armas, podrá emplearse de forma equivalente a las armas de fuego, el arco y/o ballesta incluidas en la categoría 7ª de Clasificación de armas, del Real decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

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4. Caza menor en puesto fijo

Periodo: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2022.

Días hábiles: sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales.

Horario general.

Cupo máximo de 25 zorzales por cazador y día.

Condiciones específicas: para la caza de zorzales y estorninos pueden emplearse únicamente como reclamos los pitos o membranas de boca o de fuelle, así como los reclamos naturales de zorzal común, zorzal alirrojo o estornino pinto en un número no superior a cinco por especie. Cada cazador podrá auxiliarse de hasta un máximo de dos perros para el cobro de las piezas. Para desplazarse a los puestos se deberá llevar las armas enfundadas, o bien, descargadas y abiertas. En esta modalidad, previamente a la ubicación del puesto, el cazador comprobará las franjas de seguridad establecidas en el artículo 39 de la Ley 13/2004 de caza de la Comunitat Valenciana, así como el campo de tiro posible para evitar que los perdigones caigan en dichas franjas.

5. Caza menor al salto o en mano

Periodo: del 12 de octubre al 6 de diciembre de 2022, a realizar sobre las especies clasificadas de pluma no acuáticas y de pelo, excepto la perdiz que adelanta el cierre de la temporada al 6 de noviembre y la liebre sobre la que no se permite la actividad cinegética.

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Días hábiles: sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales

Horario general.

Condiciones específicas: Se establece un cupo perdiz de una pieza por cazador y día y un máximo de 2 perros por cazador.

6. Caza del jabalí

Modalidad: gancho, batida, al salto o en mano y rececho.

Periodo: del 1 de septiembre de 2022 al 28 de febrero de 2023.

Condiciones específicas: las establecidas en la preceptiva autorización de la dirección territorial de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.

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Modalidad: espera o aguardo.

Periodo: todo el año.

Condiciones específicas: las establecidas en la preceptiva autorización de la dirección territorial de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. En estos casos estará legitimado para solicitarlas el propietario de las parcelas afectadas y el titular del bien dañado, o con la conformidad de los anteriores, federaciones, asociaciones o clubs de cazadores y cazadoras, asociaciones de agricultores y agricultoras, asociaciones de propietarios y propietarias, o el Ayuntamiento de la localidad. Este tipo de control solo podrá concederse en los cultivos y su entorno próximo de hasta 100 metros, desde 15 días antes del inicio previsible de los daños hasta la cosecha o última cosecha. Para estos controles no podrá estableces ningún tipo de cebadero o atrayente.

2. Caza de migratorias en cotos de caza y zonas de caza controlada

Para aquellos terrenos acotados y zonas de caza controlada que en su plan técnico de ordenación cinegética tengan aprobada esta modalidad

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1. Media veda

a) En puesto fijo:

• Especies: paloma torcaz, paloma bravía, estornino pinto, urraca y zorro.

Periodo: del 21 de agosto al 18 de septiembre de 2022.

Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales.

Condiciones específicas: cada cazador podrá auxiliarse de hasta un máximo de dos perros para el cobro de las piezas.

• Especies: tórtola europea y paloma zurita. Se prohíbe durante la media veda de la temporada 2022-2023 la caza de estas dos especies cinegéticas.

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b) Al salto o en mano: Especie: codorniz común.

Periodo: del 14 de agosto al 11 de septiembre de 2022.

Días hábiles: los sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales.

Cupo: máximo 8 ejemplares por cazador y día.

2. Prórroga de la caza de zorzales y estorninos en puesto fijo

Periodo: del cierre de la temporada general hasta el 12 de febrero de 2023.

Días Hábiles: sábados, domingos y festivos autonómicos y nacionales.

Cupo: máximo 25 zorzales por cazador y día.

3. Aves acuáticas

Periodo: del 12 de octubre de 2022 al 12 de febrero de 2023, excepto en los cotos de los humedales del sur de Alicante, El Hondo, Las Salinas de Santa Pola y El Hondo de Amorós que se retrasa la apertura al 1 de noviembre de 2022. El periodo será inferior si así está dispuesto en las resoluciones aprobatorias de los planes técnicos de ordenación cinegética. En el Parque Natural de la Albufera el calendario para cada coto será resuelto por el director general de Medio Natural y Evaluación Ambiental, según su Plan Técnico de Ordenación Cinegéticas y dentro de lo establecido en las normas del Parque.

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4. Becada. Temporada general

Modalidad al salto.

Periodo: del 13 de noviembre de 2022 al 5 de febrero de 2023.

Días hábiles: los establecidos en la Resolución del Plan Técnico de Ordenación Cinegética.

Cupo: máximo 3 becadas por cazador y día.

3. Caza de la perdiz con reclamo

En los cotos de caza y zonas de caza controlada en las que la resolución aprobatoria del plan técnico de ordenación cinegética autorice la modalidad de perdiz con reclamo sin definir la fecha límite para el cierre, esta será el día 28 de febrero de 2023.

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4. Horario general

El horario de caza permitido de forma general en el ámbito de la Comunitat Valenciana, comprende desde el crepúsculo civil matutino hasta el crepúsculo civil vespertino, conforme el horario establecido en el anexo de esta resolución. Los cotos de caza de acuáticas se regirán por los horarios aprobados en sus respectivos planes técnicos de ordenación cinegética y/o calendarios de caza, sin perjuicio de su modificación por la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental para situaciones concretas que requieran alguna limitación.

Horarios de caza permitidos, por quincenas, en 2022 y 2023.

Puedes consultar la normativa íntegra publicada en el DOGV, tanto el texto completo de la Orden General de Vedas 13/2022 como la Resolución para la temporada 2022/2023.

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