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Manoli, la primera madre en dar a luz a un bebé gestado por fecundación in vitro en la Comunitat, sufrió varias operaciones ginecológicas en los años 80, que fueron el origen de sus problemas de fertilidad. Sin embargo, pudo conservar parte de sus ovarios y gestar con sus propios óvulos. Pero hoy en día, tener un hijo es posible incluso en los casos más extremos de infertilidad. Mujeres sin pareja, parejas de lesbianas, maternidades tardías, parejas heterosexuales en las que la mujer no tiene ovarios y no produce óvulos, tiene mala reserva ovárica, se ha sometido a tratamientos que producen esterilidad u hombres con mala calidad del espera o infertilidad severa tienen ahora posibilidad de convertise en padres y madres gracias al avance de esta rama de la medicina. Las donaciones se han convertido en parte crucial de la reproducción asistida, donde nuestro país es líder mundial.
La figura del donante es clave y se rigen por una estricta política. Las donaciones de óvulos y esperma o de embriones son anónimas y están reguladas por ley. La primera norma surgió en 1988, el mismo año en que nació el primer bebé por fecundación in vitro en la Comunitat. La aparición de las técnicas de reproducción asistida en la década de los 70 había supuesto la apertura de nuevas soluciones a los problemas de fertilidad. La novedad y utilidad de estas técnicas hicieron necesaria su regulación con celeridad.
En España esta necesidad se materializó con la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida. La Ley española fue una de las primeras en promulgarse entre las legislaciones sobre esta materia desarrolladas en países de nuestro entorno cultural y geográfico. Dicha Ley supuso un indudable avance científico y clínico en la medida en que las técnicas de reproducción asistida, ademásamortiguar los efectos de la esterilidad, se manifiestaron especialmente útiles para otros fines, como los diagnósticos o de investigación.
Pero pronto la ciencia avanzó más rápido que la legislación y obligó a modificar la ley para adpatarla a las nuevas necesidades y retos que iban surgiendo. En 2003, se dio un gran paso, con la regulación para autorizar con fines de investigación los embriones que se mantenían congelados en los laboratorios. La linea entre la ciencia y la doctrina religiosa siempre ha sido muy fina en este sentido. Así, en la Ley 45/2003 se reguló este aspecto y se limitó a un máximo de tres ovocitos cada ciclo reproductivo, lo que dificultaba la práctica ordinaria de las técnicas de reproducción asistida, al impedir poner los medios para lograr el mayor éxito con el menor riesgo posible para la salud de la mujer, que era el principal objetivo de la ley modificada.
En 2006, la norma se volvió a cambiar y en ella se recogieron todos los posibles casos que se podían dar en esta disciplina. Gracias a este marco legal, nuestro país se convirtió en uno de los pioneros en reproducción asistida, con una legislación muy avanzada. Y una de las cosas que, precisamente, se incluyó en la ley 14/ 2006 fue la obligatoriedad de crear un registro de donantes.
En nuestro país, actualmente la inmensa mayoría de donaciones se realizan en el ámnito privado, sin que exista un control público de quiénes llevan a cabo esa entrega ni el número de veces que lo hacen. Aunque se habla de donaciones, quienes las llevan a cabo siempre reciben una contrapartida económica que reserva un mayor importe a las mujeres que prestan sus óvulos frente a los hombres que donan su esperma, en tanto en cuando la manera en que se produce la extracción tiene consecuencias muy diferentes para ambos, así como el grado de dificultad.
Proviene de bancos de esperma y se utiliza, sobre todo, para mujeres sin pareja, parejas de lesbianas, personas transexuales sin pareja que pueda aportar el semen o parejas heterosexuales en las que el hombre tiene problemas de infertilidad. Se realiza de manera regulada, en bancos de esperma y su extracción es sencilla, mediante la masturbación. Los donantes son previamente analizados para garantizar la calidad, cantidad o movilidad del esperma. Implica un nivel de impacto corporal bajo y tiene unas estrictas condiciones. Entre ellas, los centros limitan la edad de los donantes y descartan, por ejemplo, personas adoptadas para no perder la trazabilidad genética. En España, las inseminaciones con semen de donante deben ser, siempre, y por ley, provenientes de bancos privados y realizarse en clínicas públicas o privadas. En otros países se puede acudir a bancos privados y efectuar la inseminación en casa. En España, no se puede conocer la identidad del donante ni utilizar el semen de una persona si no se certifica que es la pareja de quien recibe la donación porque la filiación queda automatizada con la aportación si se acude en conjunto a una clínica. Es decir, una mujer no puede tener un hijo con un amigo, si éste le presta el semen, si no acredita que son pareja y ambos reconocen la paternidad del futuro bebé. El precio de las donaciones de semen ronda los 50 euros por muestra válida.
Provienen de bancos de óvulos y su donacion ha de ser anónima y altruista. Nuestro país es líder a nivel reproductivo, precisamente, por el gran tamaño del banco de óvulos de que dispone. No existe una teoría clara acerca de este nivel de liderazgo para que las españolas estén a la cabeza de este tipo de donaciones, pero lo cierto es que es una práctica muy normalizada y extendida. Para poder llevarla cabo, los requisitos son estrictos y se viene haciendo desde el año 1984, hace ahora 40 años. Su funcionamiento está regulado por la ley de reproducción asistida y pueden donar sus óvulos las mujeres mayores de edad y menores de 35 años, que presenten una función ovulatoria normal. En el caso de las mujeres, como en el de los hombres, tampoco pueden haber sido adoptadas, para no perder la trazabilidad genética y no deben tener enfermedades graves ni haber sido ya madres de un máximo de seis hijos.
Si bien la donación se hace de manera altruista, sin remuneración alguna, sí se permite la compensación monetaria para resarcir gastos de desplazamiento o molestias físicas derivadas del tratamiento. Tras un primer examen físico y un exhausto historial, las donantes deben firmar un consentimiento para su uso. La donación es anónima y debe garantizarse la confidencialidad de los datos de identidad de los donantes. Eso sí, los hijos que finalmente nazcan del empleo de esos óvulos tienen derecho a obtener información general del donante que no contenca su identidad. Sólo de manera excepcional, en casos en los que haya peligro para la vida o salud del hijo nacido se podrá revelar al identidad, siempre que sea indispensable para el tratamiento o solución. Ah, y como curiosidad. Como también sucede con el esperma en el caso de los hombres, las mujeres tampoco pueden donar sus óvulos a familiares o conocidos.
La donación de óvulos se realiza en dos fases. En la primera, la donante se tiene que someter a una estimulación ovárica que consiste en la administración de hormonas para que se estimulen los folículos que producirán los óvulos. Se realiza mediante inyecciones muy sencillas que se pueden poner en casa. Suele durar una semana o 10 días. Tras esta estimulación, la donante se someterá a la extracción de los óvulos que se hayan conseguido. Los ovocitos se extraen mediante una punción ovárica para la que se anestesia a la paciente. Es una intervención rápida y sencilla que no requiere de ingreso. Las compensaciones por cada donación de óvulos pueden llegar a los 1.000 euros, según clínicas.
Son aún minoritarias, pero su crecimiento en los últimos años está siendo notable. Son también conocidas como adopciones embrionarias, porque suponen la donación y recepción de un embrión completo, proveniente de espera y óvulos previamente donados y fecundados en un laboratorio. Para las fecundaciones in vitro siempre se generan más embriones de los que se acaban usando en cada transferencia, por lo que siempre existe excedente de material biológico. De ahí que a las parejas o mujeres que se someten a un tratamiento de reproducción asistida con embriones propios se les propongan distintos escenarios: conservarlos congelados para próximos intentos, donarlos a la ciencia para investigación, destruirlos o donarlos para otras parejas o futuras madres.
Las embriodonaciones que provienen de tratamientos de reproducción asistida de otras parejas, se tiene la tranquilidad de que previamente se han sometido a todos los controles que fijan las autoridades. Si proceden de la donación de óvulos o semen, la seguridad es la misma. La adopción de un embrión completo es la oportunidad de muchas mujeres de ser madres si padecen una patología que les permite ovular. Por ejemplo, fallos ováricos, menopausias precoces o casos de fertilidad masculina. Pero, es también una opción para las mujeres que quieren afrontar la maternidad en solitario o quieren optar por la adopción, pero no dejar de vivir el proceso de embarazo. El embrión donado se transfiere directamente al útero de la madre bajo un control por ecografía. Es indoloro y no requiere de hospitalización.
En la actualidad hay 668.082 embriones en los bancos de conservación, de los que un 10% tienen un destino incierto, según los datos de la Sociedad Española de Fertilidad (SEF). En España, y dentro de las opciones que permite la ley, aproximadamente el 45% de los embriones congelados son destinados al uso por los propios pacientes, mientras que el 5% son donados a otras parejas con fines reproductivos, el 18% se destina a fines de investigación y el 18% restante tiene como destino la destrucción. Sin embargo, existe algo más del 10% para los que no existe un destino definido.
La Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida indica que las clínicas tienen la obligación de solicitar periódicamente a la mujer o pareja progenitora la renovación o modificación del consentimiento donde consta el destino elegido para sus embriones. Si tras dos intentos los pacientes no cumplen con este requisito los embriones quedarían a disposición del centro y podrían destinarlos conforme a su criterio a cualquiera de los fines citados.
Sin embargo, aunque la ley contempla que el destino de los embriones abandonados pasaría a ser competencia de las clínicas, lo cierto es que esto tiene sus limitaciones. Muchos de estos embriones no reúnen los requisitos mínimos para ser donados a otras parejas, tampoco se pueden dirigir a proyectos de investigación porque son inexistentes, y tampoco se opta por destruirlos ante la posibilidad de que fueran reclamados en un futuro por sus progenitores. Paradójicamente, aunque los progenitores sí hayan decidido el destino de estos embriones, esta situación puede darse también al no poder llevar a cabo su voluntad, ya que pueden no cumplir los requisitos que marca la normativa legal.
Las unidades de reproducción asistida de los centros públicos y privados no sólo reciben la visita de quienes quieren tener un bebé próximamente. También se han especializado en la conservación de la fertilidad para un embarazo más adelante. El estilo de vida actual evidencia que cada vez se tienen hijos a mayor edad y eso, a nivel físico, es ya la primera causa de infertilidad. Cuanto más mayor es una mujer o un hombre, menos posibilidades tiene de convertirse en padre o madre sin ayuda. Pero también podemos vernos afectados por una enfermedad o un tratamiento que nos impida formar una familia en el momento pero sí una vez se finalice con la medicación, como en el caso de los tratamientos de cáncer. Pero ahí surgen los tratamientos de vitrificación tanto para óvulos como para esperma. De hecho, la tasa de embarazo utilizando óvulos vitrificados fue del 41,9% en 2021, según los últimos datos publicados en el informe de la Sociedad Española de Fertilidad. Se pueden vitrificar óvulos, semen y embriones. De ese modo, con una sencilla extracción se consigue mantener los gametos en el mismo nivel de calidad que tienen en el momento en que se obtienen. Por ejemplo, una mujer de 25 años que se congela óvulos a esa edad puede transferirse años después el embrión formado con sus óvulos años después y mantener la calidad que tendría ese material en una mujer de 25 años, aunque se los implante con 40.
Reportaje elaborado con información proporcionada por el IVI (Instituto Valenciano de Infertilidad), la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, del Ministerio de Sanidad, la revista médica Reproducción Asistida ORG, el Instituto Bernabeu de medicina repoductiva y el Insistituto Nacional de Estadística.
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Patricia Cabezuelo | Valencia
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