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REDACCIÓN
Domingo, 28 de marzo 2021, 20:40
La Seguridad Social se ha fijado un nuevo objetivo en su lista de tareas y esta vez pone el foco en las trabajadoras del hogar. El ministerio que dirige José Luis Escrivá tiene una clara prioridad para este mes de abril, cuando arranca su campaña de inspecciones a los domicilios con este tipo de empleados. El organismo pretende regularizar al fin la actividad en este sector, uno en los que más ilegalidades en el ámbito laboral se realizan desde hace años.
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El 1 de abril es la fecha marcada en el calendario para ponerse a comprobar por fin las condiciones laborales de este tipo de trabajadoras, aunque la campaña no pilla por sorpresa. El ministerio ya anunció sus intenciones a principios de año, algo que ocurre de manera anual, aunque este 2021 la Seguridad Social insiste de manera más tajante en las medidas a tomar si no se cumplen las condiciones estipuladas.
El organismo de José Luis Escrivá emprenderá «actuaciones inspectorias» si no se cumple con la ley en los contratos de las trabajadores del hogar, que establecen que cada empleador que tenga contratada a una persona dentro del Sistema Especial de Empleado de Hogar debe actualizar sus retribuciones de acuerdo al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
El sector se ha ido regularizando en los últimos años y los acuerdos laborales han ido dando paso a contratos regulados y cada vez mucho más vigilados, aunque todavía queda mucho por hacer. Por ello, la Seguridad Social incide en el cumplimiento de la ley y controla la protección de esta actividad y sus trabajadores, en su mayoría mujeres. El Sistema Especial de Empleados del Hogar está integrado dentro del Régimen General de la Seguridad Socialy en él deben estar registrados estos empleados. El deber de incluirlos en el mismo es del empleador, que también es responsable de «pagar las cotizaciones que les corresponden, con cargo mayoritariamente a su bolsillo», según detalla la Organización del Consumidor (OCU).
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El artículo 8 del Real Decreto 1620/2011 establece que una trabajadora empleada del hogar «deberá percibir como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) cuando trabaja a jornada completa, siendo la jornada completa de 40 horas semanales, y en caso de que trabaje menos horas, la parte proporcional», aclara la OCU.
La Seguridad Social pondrá en práctica estas inspecciones en todos los hogares que no hayan actualizado esta información, de forma telemática y antes del 31 de marzo. Para actualizar las retribuciones hay que «comunicarlo a la Tesorería General de la Seguridad Socia con la información recogida a fecha 1 de enero», según detallan desde el propio ministerio. Será el empleador quien deba hacerlo y estas retribuciones no podrán ser inferiores al SMI vigente, que actualmente es de 1.108,33 euros mensuales para todas aquellas personas con contrato a tiempo completo.
Si el pago abonado es superior a esta cifra, se deberá declarar la totalidad de las retribuciones abonadas, incrementadas con el prorrateo de pagas extraordinarias. Además, también se deben declarar otras retribuciones no monetarias, como alojamiento o manutención, que constituyan el salario del empleado. La suma de esta cantidad, con todos los conceptos retributivos que se abonan al trabajador, se deben declarar en el apartado de 'Retribución mensual' de dicho trámite.
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