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Una comunidad de vecinos en una imagen de archivo. LP
La ley explica cómo debe actuar una comunidad de vecinos si quiere echar a unos okupas

La ley explica cómo debe actuar una comunidad de vecinos si quiere echar a unos okupas

Los pasos a seguir son cuatro y puede llevar hasta dos años conseguirlo

A. Pedroche

Lunes, 5 de agosto 2024, 00:55

La okupación es una práctica ilegal que preocupa a muchas personas con segundas residencias. Especialmente en verano. Sin embargo, también existen okupaciones en viviendas que pertenecen a fondos buitre o bancos y por lo tanto, los dueños no se interesan en desalojarlos. Algunos okupas pueden generar problemas con los vecinos. En esos casos, muchas comunidades se preguntan cómo pueden actuar.

Siguiendo la ley, existen varios pasos para echar a un okupa de una comunidad de vecinos. Lo primero es llamar a la policía y dejar constancia de la ocupación. Según cuenta el director de Acounsel Abogados, César García al grupo Idealista, «existe la creencia de que si los ocupantes llevan menos de 48 horas dentro de la casa estamos ante un delito flagrante y se les puede echar sin contemplaciones. Sin embargo, se trata de una afirmación sin base en ninguna ley».

Una acción clave para su detención inmediata es descubrilos en el acto. Esto se puede hacer a través de una cámara de seguridad en directo o una alarma antes de que les dé tiempo a tomar posesión del inmueble. Entonces el propietario podrá llamar a la policía.

Después, según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), el presidente de la comunidad debe poner en manifiesto la okupación. También hay que considerar el papel del administrador de fincas. Si la comunidad no cuenta con uno, es deseable sopesar su contratación en junta.

Si el okupa no quisiera recular y marcharse, entonces el presidente podrá elaborar contra él una acción de cesación que se sustanciará a través del juicio ordinario. Todo ello tiene que estar aprobado por la junta de propietarios.

En caso de que la policía no consiga echarles se abrirá un proceso judicial. Y es que los agentes necesitan una autorización judicial para poder intervenir y desalojar a los okupas. Para realizar esto, existe un proceso especial de desahucio express el cual es más ágil que el desahucio por precario. Para llevar a cabo esta fase hay que presentar una demanda firmada por un abogado y un procurador

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