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Clara Alfonso
Valencia
Lunes, 28 de agosto 2023, 23:43
Con la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal, existen multitud de comportamientos por parte de los dueños que van a ser sancionados. Esta medida trascendental pretende demostrar un creciente compromiso por asegurar condiciones de vida adecuadas para todas las criaturas, y aborda una multitud de comportamientos por parte de los dueños que anteriormente pasaban desapercibidos.
Una de las esferas afectadas por estas regulaciones involucra a aquellos que comparten sus hogares con animales que ahora están prohibidos como mascota y con los que podrían multar. En este listado de encuentran roedores, cerdos vietnamitas, tortugas, erizos, arañas, algunos reptiles exóticos o aves, como cotorras, agapornis o periquitos.
Estos últimos, han encontrado un lugar en el corazón y los hogares de miles de españoles. Sin embargo, la nueva Ley de Bienestar Animal no pasa por alto su presencia y las responsabilidades que conlleva tenerlos como mascotas. La legislación redefine lo que implica cuidar de estas pequeñas criaturas, destacando la importancia de proporcionarles un entorno enriquecedor y adecuado para su bienestar.
En caso de que tengas un animal prohibido, como es el periquito, antes de que saliera la ley, tendrás que informar a la autoridad medioambiental correspondiente de tu Comunidad Autónoma para informar de su especie y que pueda mantener la condición de animal de compañía.
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Después, recibirás una autorización donde figurará que tienes permiso para tener a ese animal en casa hasta que fallezca. Asimismo, tendrás que informar al Comité Técnico y Científico para la protección de los Animales, que determinará si dicha especie puede formar parte del listado de animales permitidos o no.
La nueva norma responsabiliza al titular de los daños, perjuicios o molestias que estos puedan provocar estos animales a personas, a otros animales o cosas, espacios públicos o al medio natural y establece un régimen de sanciones.
Tras la entrada en vigor de la ley, quedará prohibido cualquier tipo de abandono y maltrato, agresión o negligencia que provoque a los animales sufrimiento, daño físico o psicológico o su muerte; dejar animales sueltos especialmente en Parques Nacionales, cañadas donde pastan rebaños o animales u otros espacios naturales protegidos donde puedan causar daños a las personas, al ganado o al medio natural.
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En el artículo 80 de la norma, se distinguen entre infracciones leves, graves y muy graves, cuyas sanciones serán de de entre 500 y 10.000 euros, de 10.001 a 50.000 euros o de 50.0001 hasta 200.000 euros respectivamente. Asimismo, la nueva ley viene acompañada de una reforma del Código Penal para endurecer las sanciones por maltrato. Entre otras, se recogen las siguientes condenas:
- Penas de cárcel de entre 18 y 24 meses si el animal muere.
- Penas de hasta 36 meses si se da más de un agravante.
- Inhabilitación de entre 5 y 10 años para vivir o trabajar con animales.
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