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adrián pedroche
Miércoles, 8 de febrero 2023, 01:10
Las etiquetas de la DGT se han convertido para muchos conductores en un auténtico dolor de cabeza. Y es que, a parte de la dificultad para encontrarlas, tal y como están confeccionada la escala por la Dirección General de Tráfico muchos usuarios se han dado cuenta de que igual su pegatina no les permite circular por las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de su ciudad o, directamente, sólo les permite aparcar.
Y es que hay una nueva realidad a la que todos los conductores deben acostumbrarse: una vez se hagan con un vehículo, la etiqueta medioambiental que se le asigne lo acompañará hasta el final sin posibilidad de cambio...salvo en dos casos concretos. Efectivamente, hay dos casos en los que un vehículo puede optar a mejorar su clasificación ambiental. ¿Cuáles son?
Ha habido un error de base que se ha repetido en varias ocasiones por parte de las administraciones. Las etiquetas, en su mayoría, se han otorgado basándose en el único dato de matriculación del vehículo, cuando realmente la norma dice que se tiene que utilizar la normativa anticontaminación correspondiente al año de homologación del vehículo.
De esta modo, se han dado casos en los qie vehículos matriculados justo antes del año «de corte» en el que se produce el salto de etiqueta han recibido una etiqueta menos favorable. Este hecho se puede enmendar, pero tendrá que ser el propietario el que acuda a una jefatura de la DGT con toda la documentación del vehículo para que ésta actualice sus bases de datos.
Algunos vehículos con motor de gasolina son susceptibles de instalar un sistema de gas licuado de petróleo que permite reducir el consumo y las emisiones contaminantes. Cuando en un vehículo se instala un kit de éstas características y ha sido homologado inicialmente bajo una normativa anticontaminación Euro 4 o superior, pasa a recibir la etiqueta ECO de la DGT.
Desde la Dirección General de Tráfico recuerdan que la colocación del distintivo es voluntaria, pero que las ordenanzas municipales pueden regular e incluso limitar la circulación de los vehículos dependiendo de la etiqueta que tengan. En cualquier caso, desde el organismo recomiendan llevar la etiqueta y colocarla en la parte inferior derecha del parabrisas delantero o en cualquier sitio visible del vehículo.
De este modo, la cuantía de la multa por no llevar la pegatina dependerá de la ordenanza municipal de cada localidad. Sin embargo, en términos generales se contempla una sanción de 200 euros (con una reducción del 50%, 100 euros, en caso de pagar en un plazo de 20 días).
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