En ocasiones, los conductores desconocen ciertas normativas de la Dirección General de Tráfico que deben cumplir, lo que puede llevarlos a cometer infracciones sin ser conscientes de ello. Prácticas aparentemente inofensivas como conducir con ciertos tipos de gafas de sol, llevar una pegatina en tu coche o dejar las bolsas de la compra en el suelo al lado del vehículo mientras se ordena el maletero, pueden resultar en sanciones que afectan tanto a la seguridad vial como a la fluidez del tráfico en las zonas de estacionamiento.
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Según el Reglamento General de Circulación, específicamente en su 2ª sección relativa al Transporte de mercancías o cosas, estas operaciones deben realizarse siempre fuera de la vía. Concretamente, el artículo 16 establece claramente que las actividades de carga o descarga no deben ocasionar peligros ni perturbaciones graves al tránsito de los usuarios.
Por lo tanto, dejar las bolsas en el suelo al lado del vehículo en un parking podría entorpecer el estacionamiento de otros conductores y afectar la fluidez del tráfico en la zona. Esta infracción, considerada como falta leve, podría derivar en multas de hasta 80 euros. Además, colocar la carga de manera inapropiada en el maletero también puede ser motivo de sanción, con multas que pueden ascender hasta los 200 euros.
Por ello, se recomienda a los conductores que antes de subir al vehículo comprueben que las bolsas están perfectamente colocadas, ya que cualquier desplazamiento de la carga puede dificultar el control del vehículo ante situaciones imprevistas.
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