![DGT: La multa por utilizar el clazon en los atascos](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202111/15/media/cortadas/claxon-dgt-k4OI-U1501154878616CwG-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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b. S.
Martes, 16 de noviembre 2021, 01:28
Tocar el claxon es una práctica habitual de muchos conductores que, además de ser molesto, no es adecuada en algunos casos para la Dirección General de Tráfico (DGT). Este dispositivo se suele utilizar en los atascos, para recriminar la actitud de otro en la carretera, para saludar a alguien a quien ves mientras conduces o mientras esperas a alguien estacionado y quieres advertirle de tu ubicación. Los más ansiosos suelen pitar al coche de delante cuando no arranca tras ponerse el semáforo en verde.
Anque sea un hábito común tocar el claxon, no todos sus usos están regulados. De hecho, utilizar en situaciones que no son las correctas podría acarrear una sanción. De hecho, la DGT ha querido aclarar que debe usarse, simplemente, «como advertencia o para evitar una situación peligrosa».
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Así, según el reglamento de la DGT, el uso del claxon en los coches está autorizado, únicamente, en estos casos:
- Cuando un conductor va a adelantar a un vehículo de dos ruedas en un paso a nivel o cerca de este.
- Para advertir, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo el propósito de adelantarlo.
- Para tratar de evitar un accidente.
- En vías estrechas con muchas curvas como señal de advertencia de tu circulación.
- Si un conductor se ve obligado a circular como servicio de urgencia, para advertir de nuestra presencia a los demás usuarios de la vía se emplean las luces de emergencia y el claxon de forma intermitente.
En el resto de situaciones, no se puede utilizar el claxon y, por tanto, los conductores pueden ser multados si hacen un uso indebido de este instrumento. Las sanciones más habituales suelen ser:
- Utilizar señales acústicas de sonido estridente: 80 euros
- Utilizar señales acústicas sin motivo reglamentariamente admitido: 80 euros.
- No obedecer la señal de prohibido realizar señales acústicas: 80 euros.
- Circular con un vehículo utilizando señales acústicas especiales sin tener carácter de vehículo prioritario, especial o de transporte especial: 200 euros.
- Circular con aparatos que emitan señales especiales: 200 euros
- No disponer de claxon en el coche: 200 euros
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