![Los ciclistas deben señalizar sus maniobras a los otros conductores.](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202201/30/media/cortadas/bicis-k9sC-U160711833479uIF-624x385@Las%20Provincias.jpg)
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Lunes, 31 de enero 2022, 01:44
La bicicleta está de moda. Es un modo de transporte rápido, saludable, barato y sostenible, lo que ha llenado las ciudades españolas de ciclistas. Además, cualquiera puede circular en bici, no ha falta carnet, matrícula ni seguro (al menos de momento). Sin embargo, la bicicleta es un vehículo que debe circular por la calzada o carriles especialmente habilitados y respetar las normas de circulación generales y las específicas para su caso.
En este sentido, la DGT recuerda en su revista 'Tráfico y Seguridad Vial' que, como el resto de conductores, los ciclistas están obligados a conocer y respetar las normas de circulación. Tráfico explicita una veintena de estas sanciones, algunas de ellas, auténticos multazos por conductas muy habituales.
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Los ciclistas no deben ingerir alcohol si van a conducir sus vehículos. La tasa máxima de alcoholemia para los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) también afecta a los ciclistas. Como el resto de conductores, están obligados a someterse al test de alcoholemia si son requeridos por un agente. La sanción por alcoholemia positiva es de 500 a 1.000 euros, según la tasa y si hay reincidencia.
En ciudades o vías bien iluminadas es fácil olvidar encender las luces de la bicicleta. Hay que tener en cuenta que su función es permitir ver y, sobre todo, hacernos visibles al resto de conductores. Los ciclistas deben llevar las luces encendidas delante y detrás siempre que circulen de noche, en pasos inferiores o por túneles. No hacerlo -y esta puede ser una conducta o despiste muy común- implica una multa de 200 euros.
Las #bicicletas, para circular de noche o en condiciones que disminuyan la visibilidad, deberán disponer de:
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) November 13, 2021
👉 Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero y, optativos, catadióptricos en radios de las ruedas y pedales.
Art. 22 #RGV #RepasoNormas🚴 pic.twitter.com/wiqNuNsONy
Una norma que muchos ciclistas no conocen. En carretera, cuando sea obligatorio encender las luces, también lo es llevar una prenda reflectante. La multa por no llevarla es de 80 euros.
No llevar casco en carrera -salvo en las excepciones contempladas-, o llevarlo mal atado, está multado con 2oo euros. Lo mismo ocurre en ciudad para los menores de 16 años, para quienes es obligatorio. Para los demás ciclistas es sólo recomendable.
Las señales de los semáforos son para todos los usuarios de la vía pública, conductores, ciclistas o peatones. Saltarse un semáforo en rojo supone una sanción de entre 150 y 500 euros. Lo mismo rige para las señales verticales (stop, ceda el paso o velocidad limitada).
Pocos ciclistas señalizan maniobras como giros, incorporación a la circulación o cambio de carril o sentido. No señalizar una de estas maniobras nos puede costar 200 euros de multa.
La lista de posibles sanciones se extiende más alla. No respetar la prioridad de paso de los peatones está multado con 200 euros; llevar un pasajero de más de siete años conlleva una sanción de 100 euros; utilizar el teléfono móvil o auriculares: 200 euros; cruzar un paso de peatones sin bajar de la bicicleta -una de las acciones más comunes- está prohibido, bajo multa de 200 euros; circular por la acera o zona peatonal: 100 euros.
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