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R. D.
Viernes, 13 de agosto 2021, 14:38
Para darse de alta como empleado del hogar es necesario realizar una serie de pasos y cumplir varios requisitos. Así lo ha recordado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a través de su perfil oficial en Twitter.
En primer lugar, es esencial que el trabajador lo acuerde con el empleador y se trabaje menos de 60 euros al mes. Para darse de alta, se debe disponer de los datos tanto del empleador como del trabajador. Habrá que presentar el DNI, el NIE o el número de la Seguridad Social. Además, es necesario informara de los datos relativos a la jornada y el salario acordados y de si se dispone de alguna condición especial como, por ejemplo, ser familia numerosa. También es indispensable presentar el número de cuenta para domiciliar los pagos y el permiso de trabajo en el caso de aquellos usuarios extracomunitarios.
El alta se puede solicitar desde 60 días antes al inicio del trabajo hasta el mismo día de incorporación. Si la persona ya ha comenzado a desempeñar el trabajo, se puede tramitar el alta durante los 30 días posteriores al comienzo de la actividad, aunque se considerará comunicada fuera de plazo.
🗨️Para el alta de un empleado de #hogar necesitas:
Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) August 10, 2021
✔️Datos del empleador y del trabajador (DNI, NIE o NUSS)
✔️Jornada y salario
✔️¿Eres familia numerosa?
✔️Núm. de cuenta para domiciliar pagos
✔️Permiso de trabajo para trabajadores extracomunitarios
Info: https://t.co/yJssKdqHb6
La responsabilidad de tramitar el alta e ingresar las cuotas corresponde, por lo general, al empleador, aunque si se hubiera acordado con este y la cuota es inferior a 60 horas mensuales, el trabajador puede ser quien lo gestione de forma íntegra. La persona empleadora y la trabajadora abonan mensualmente una parte de la cuota, que asegura determinados riesgos y da derecho a ciertas prestaciones. Esta cuota se calcula a partir del salario mensual. La cuantía del salario determina la base de cotización en función de los tramos establecidos anualmente. La cuota podrá ser menor siempre que se cumplan los requisitos para acogerse a alguno de los beneficios previstos.
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