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Miércoles, 11 de noviembre 2020, 10:51
La regulación de los vehículos de movilidad personal (VPM) aprobada en el Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, afecta a los patinetes en numerosos aspectos. La normativa establece que tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no se podrán usar auriculares.
Además, no se podrá circular con ellos por las aceras y las zonas peatonales, así como por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por poblaciones, ni en túneles urbanos, por lo que tendrán que buscar recorridos alternativos cuando se encuentren con uno.
La modificación del Reglamento de Circulación regula los vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, como patinetes y segway, cuya velocidad máxima estará comprendida entre 6 y 25 km/h. Se excluyen los vehículos para personas con movilidad reducida como sillas de ruedas.
Todas estas medidas entrarán en vigor el 2 de enero de 2021.
Además, estos vehículos deberán contar con el correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el Manual, dos años después de que éste se publique.
Más información de los patinetes
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