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Control de la Policía Nacional. Damián Torres

¿Puede la Policía Nacional poner multas de tráfico?

Multas de tráfico ·

La ley establece las competencias de los cuerpos policiales en cada vía, aunque existen excepciones

Jaume Lita

Valencia

Jueves, 24 de agosto 2023, 20:07

Un radar puesto por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil o un control de la Policía Local pueden acabar fácilmente con una multa por una infracción de tráfico. Es el día a día de las diversas calles, avenidas, plazas y carreteras de España. De tanto en tanto los dos cuerpos con competencias específicas en Tráfico despliegan controles o campañas para verificar el correcto cumplimiento de la normativa vigente. La costumbre es una fuente de derecho, por lo que en este caso nos puede llevar a la confusión de que un conductor únicamente puede ser multado o por un agente de la Policía Local o por uno de la Guardia Civil. ¿Puede un agente de la Policía Nacional poner una multa por una infracción de tráfico? Todo está en la ley.

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Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Es como la Biblia para el cumplimiento de la normativa vial en todas y cada una de las carreteras de España. Dicho texto indica que la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil tiene competencias en todas las vías interurbanas y travesías, quedando para la Policía Municipal de cada localidad el control de las vías urbanas de titularidad municipal. En ningún momento se señala a la Policía Nacional, pero esto no debe hacer bajar la guardia.

La Policía Nacional no tiene competencias de tráfico pero, obviamente, pueden iniciar el procedimiento correspondiente en el caso de que presencien una infracción de tráfico. Conducción temeraria, saltarse un semáforo o un paso de peatones, hablar por teléfono móvil, comer mientras se conduce , conducir con vestimenta o calzado inapropiado para lo mismo. Éstas son algunas de las multas de tráfico que un agente de la Policía Nacional puede poner.

Es obvio que cualquier agente, del cuerpo policial que sea, está obligado a actuar rápidamente ante un hecho que derive o implique una infracción, sea la situación que sea. Por lo que un agente de la Policía Nacional sí puede iniciar el procedimiento sancionador, lo único es que en este caso el cuerpo no cuenta con valor probatorio en todos los casos. Este valor implicará que el agente deberá considerar la carga de pruebas contra el conductor que ha cometido una infracción de tráfico. Y ya será el propio agente el que formalice por si mismo la sanción o el que ratifique los hechos ante la autoridad competente sobre la vía, siempre indicando en el expediente sancionador el identificador personal de agente de la Policía Nacional.

El único caso en el que la prueba de un agente de la Policía Nacional sí que tiene valor probatorio es cuando por necesidades de control de seguridad urbana, los agentes estén dispuestos sobre una vía. En ese caso se seguirá el procedimiento habitual de cualquier multa de tráfico.

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Los agentes de la Policía Nacional sí pueden poner multas de tráfico, lo único es que deberán aportar las pruebas necesarias para que la sanción complete todo el proceso administrativo para que se le notifique al conductor infractor.

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