Una pareja practica sexo en un automóvil. Fotolia

¿Me pueden multar por practicar sexo en el coche?

La sanción podría ser de 100 a 600 euros, o incluso estar castigado con pena de prisión

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Jueves, 23 de junio 2022

¿Es legal practicar sexo en el interior de un coche?. En principio, no parece que esta actividad esté regulada de forma directa por ninguna normativa a nivel estatal. Pero hay alguna sentencia judicial que da pistas sobre el asunto.

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Un juzgado de Segovia condenó en octubre de 2019 a seis meses de cárcel al conductor de un vehículo y a su pareja por practicar sexo mientras circulaba por la autopista AP-6 a su paso por la localidad de Villacastín.

Durante el juicio, el hombre y la mujer se declararon culpables y aceptaron la pena que reclamaba el fiscal por un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción temeraria. La sentencia estableció que el hombre conducía el vehículo que circulaba por la autopista de peaje cuando, en un momento determinado, su pareja «se sentó encima», «abrazándole, con las piernas abiertas, colocándose ambos sobre el asiento del conductor, al tiempo que la acusada realizaba movimientos sexuales».

La resolución judicial explicaba que, mientras esto ocurría, el coche en el que viajaba la pareja circulaba por el carril izquierdo de la autopista, adelantando a varios vehículos pese a que el acusado y conductor no prestaba atención alguna a la conducción al estar realizando actividades con su pareja incompatibles con llevar el volante, «lo que hacía que su conducción fuera zigzagueante». Llegó incluso a invadir el carril contrario, obligando a otro conductor a desistir de una maniobra de adelantamiento para evitar la colisión.

El juez aceptó la petición del fiscal y del abogado de los acusados y acordó la suspensión de la pena de prisión, con la condición de que no volvieran a delinquir durante un periodo de dos años. La sentencia prohibió a los dos encausados conducir vehículos a motor y ciclomotores durante dos años y un día.

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También podrían multarte por mantener relaciones sexuales aunque el vehículo esté estacionado. Tal práctica podría constituir un delito de exhibicionismo y provocación sexual, o se podría considerar como una exhibición obscena. Si se practicase sexo ante menores de edad o personas con discapacidad, se consideraría un delito penal y sería castigado con pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses. Si no se produjese delito, la sanción administrativa leve sería de entre 100 a 600 euros. También algunas ordenanzas municipales lo prohíben, con multas de hasta 3.000 euros.

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