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DAMIÁN TORRES

¿Puedo poner un armario en mi plaza de garaje?

Las plazas de garaje que forman parte de una comunidad de vecinos son consideradas zonas comunes de uso privativo

Clara Alfonso

Valencia

Martes, 12 de marzo 2024, 00:52

Cuando adquirimos una vivienda nueva, generalmente viene acompañada de servicios comunes, como trasteros, jardines o plazas de garaje. Estas últimas son elementos omnipresentes en la vida de los españoles, ya que ofrecen un espacio seguro para estacionar los vehículos. Sin embargo, más allá de su función principal, algunas personas se preguntan si es posible aprovechar estas plazas para otros propósitos, como utilizarlas como espacios de almacenamiento adicionales, por ejemplo, para instalar un armario.

En primer lugar, es importante entender que las plazas de garaje que forman parte de una comunidad de vecinos son consideradas zonas comunes de uso privativo. Esto significa que, aunque la propiedad pertenezca a la comunidad, su uso corresponde a un único propietario, según indican desde el portal inmobiliario Fotocasa.

Ley de Propiedad Horizontal

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula el uso de estas plazas en comunidades de vecinos. Si bien la normativa no prohíbe explícitamente la colocación de muebles de almacenamiento en una plaza de garaje, es crucial tener en cuenta ciertas restricciones.

Al tratarse de una zona común que tiene un uso privado, los propietarios pueden utilizar la plaza como consideren, siempre y cuando «no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario», tal y como establece el artículo 7 de la LPH.

Asimismo, el artículo 7.2 de la misma normativa prohíbe al propietario desarrollar en una plaza de garaje actividades prohibidas en los estatutos, «que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».

De todas formas, lo mejor es consultar detalladamente los estatutos que tenga la comunidad de propietarios antes de la colocación de un mueble en la plaza de garaje, puesto que, aunque la Ley de Propiedad Horizontal no diga nada, puede haber estatutos de la Comunidad de Propietarios que lo prohíba y prevalecerá en este caso.

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