LP.ES y EUROPA PRESS
VALENCIA
Martes, 20 de octubre 2020
Madrid está estudiando si pedir al Gobierno central que decrete el toque de queda, dado que el viernes 23 de octubre decae el estado de alarma impuesto por el Gobierno central La Communitat Valenciana tampoco lo descarta y Cataluña lo está meditando también. Navarra ya está confinada y otras autonomías están batiendo récords de contagios y hospitalizaciones. Por este motivo el Gobierno va a estaudiar este jueves con los responsables de Sanidad de las comunidades autónomas si se decreta el estado de alarma en todas o algunas regiones, una medida extrema que precisa de la declaración del estado de alarma y que limita la movilidad de las personas en determinadas horas del día, lo que permitiría que no existiese ningún movimiento en las regiones donde se decrete.
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La idea de la Comunidad de Madrid es limitar esa movilidad, que según las primeras intenciones expuestas por el Gobierno regional impediría la presencia en la calle sin justificación entre las 00.00 y las 6.00 horas, con el objetivo de frenar entre otras cosas los botellones nocturnos y el desplazamiento a fiestas clandestinas en domicilios privados.
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Si finalmente la medida sale adelante en Madrid o en otras autonomías, se publicarán las términos y condiciones concretas, con las prohibiciones y excepciones y los horarios concretos. Junto a Madrid también Cataluña está estudiando prohibir salir por la noche y ya ha limitado la actividad de los comercios que venden las 24 horas del día obligando a cerrar durante la noche. Sería una forma de ir un paso más allá al cierre nocturno a partir de las once de la noche.
El toque de queda es una medida que ya se aplica en algunas localidades de Francia y también en Bélgica y Eslovenia, que lo implantaron este mismo lunes ante el avance descontrolado de la pandemia. Los gobiernos europeos tratan por todos los medios de evitar un confinamiento generalizado como en primavera.
El toque de queda que estudia solicitar la Comunidad de Madrid y otras autonomías es una medida que no se especifica en la legislación española y sobre la que los expertos se dividen entre quienes la vinculan al estado de alarma y quienes creen que entra dentro de las competencias de las comunidades autónomas.
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El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha declarado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el toque de queda requeriría la aplicación del estado de alarma y que solo se recurrirá a esa medida si existe el consenso suficiente. El estado de alarma se regula en la Ley 4/1981 y permite su aplicación en horarios concretos, incluso con horarios diferentes en cada comunidad autónoma, según explica a Efe el catedrático de Derecho Constitucional Miguel Presno.
Presno cree que las comunidades autónomas no tienen competencia para adoptar medidas tan restrictivas y que el toque de queda no encaja en lo previsto en la Ley 3/1986 de Medidas Especiales en materia de Salud Pública.
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La cuestión es que, si se opta por el estado de alarma, el control del Ejecutivo recae en el Parlamento, que debe autorizar las prórrogas tras los primeros quince días, mientras que, si se opta por la ley orgánica, el control es judicial.
Para frenar la propagación del virus, los habitantes de una decena de grandes ciudades francesas, entre ellas París y sus suburbios, -20 millones de personas en total- están sometidas desde el sábado a un toque de queda de 21H00 a 06H00 durante al menos cuatro semanas.
Los locales de comida para llevar son los únicos que están abiertos y por las calles circulan casi exclusivamente las motos y bicicletas de los repartidores y los autobuses nocturnos, en su mayoría casi vacíos.
Los escasos peatones que se aventuran a salir, menos de una decena en media hora, pudieron justificar su presencia en la calle.
Además de París, el toque de queda concierne las ciudades de Lyon (centro este), Lille (norte), Toulouse (suroeste), Montpellier (sur), Saint-Etienne (centro), Aix-Marseille (sur), Ruan (norte) y Grenoble (sureste).
Magistrados de lo contencioso-administrativo consideran que lo «correcto» es que el Gobierno adopte esta medida a través de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, si bien explican que podría debatirse que tipo de instrumento jurídico a utilizar dependiendo de la «intensidad» de la medida y alcance que ésta tenga.
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«No es lo mismo que no se pueda salir de casa a una horas determinadas, que no se pueda acudir a un determinado lugar durante esas horas», ha concretado uno de los magistrados consultados.
Catedráticos en Derecho Constitucional también creen que el Ejecutivo es quien tiene competencia para decretar el toque de queda y que donde tiene encaje jurídico es el estado de alarma y no la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986.
Más información del coronavirus
José María Camarero
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