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S.B
Sábado, 20 de mayo 2023, 00:24
Poner toda la atención en la carreteta es una obligación a la hora de conducir, ya no sólo por uno mismo, sino también por todos los usuarios de nuestro alrededor. Todos los elementos que puedan desviarla y causar una distracción conllevan un considerable riesgo para la seguridad vial, puesto que las distracciones continúan siendo una de las principales causas de accidente en la carretera.
Más allá de las distracciones por mirar el teléfono móvil o conducir bajo los efectos del alcohol, hay otros peligros a tener en cuenta, como los casos en los que no puede escucharse lo que sucede alrededor. Ésto ya no hay aplicarlo sólo durante la conducción sino también cuando circulemos como viandantes.
Así lo advierte la DGT, que considera que la música del vehículo demasiado alta puede suponer una distracción y, por lo tanto, conllevar un riesgo. Esta puede impedirle escuchar sonidos importantes del exterior, como un claxon avisando de un peligro o las sirenas de algún servicio de emergencias, como ha sucedido en algunos casos. De este modo, La DGT desaconseja circular con la música alta, aunque el Reglamento de Circulación no regula formalmente esta práctica como infracción.
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Sin embargo, esto no significa que no te puedan multar por ello. En este caso son las ciudades y pueblos de toda España las que tienen potestad para imponer sanciones en sus Ordenanzas Municipales de Movilidad. De este modo, se podrán sancionar a los conductores que circulen con la música demasiado alta en el coche y supongan un peligro para la seguridad vial.
Puesto que las normativas son distintas, también lo será el precio de las sanciones impuestas. En el caso de llevar la música demasiado alta, la multa podría alcanzar hasta los 3.000 euros. Son las propias Ordenanzas las que establecen los límites de niveles de sonido emitidos según las circunstancias y, por norma general y sin ninguna excepción se podrán superar los 87 decibelios de ruido.
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