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Absuelta de ordenar el asesinato a tiros de la amante de su marido

El jurado sólo condena a la mujer por amenazar de muerte a la víctima y exculpa a los cuatro acusados de cometer el crimen por encargo

EFE

Miércoles, 12 de abril 2017, 16:54

Una magistrada de la Audiencia de Alicante ha condenado a dos años y nueve meses de cárcel a una mujer por amenazar a la amante de su marido antes de que la asesinaran, aunque la ha absuelto del crimen, al igual que ha hecho con otros tres sospechosos.

La sentencia, hecha pública hoy, plasma el veredicto emitido el pasado mes de marzo, al término del juicio, por un jurado popular y que exculpa a estos cuatro procesados del asesinato de Sandra Franco, muerta a tiros en su casa el 15 de abril de 2010.

El tribunal ciudadano solo declaró culpable, por un delito de amenazas condicionales, a Silvia Ruth C., de nacionalidad alemana.

La fiscalía sostenía que ésta había pagado un total de 34.000 euros a los otros implicados para que uno de ellos matara a Sandra Franco, una ciudadana colombiana que mantenía una relación sentimental con su marido, Norbert C. Pedía un total de 28 años de cárcel para la acusada, de 46 años, de pagar entre 7.000 y 20.000 euros a cada sicario para que asesinaran a tiros a la víctima, colombiana de 34 años que mantenía una relación con el marido, de 70 años

Sin embargo, el jurado no encontró pruebas que sustentaran esa acusación, por lo que los cuatro sospechosos han sido absueltos de asesinato y tenencia ilícita de armas, delito este último del que también ha sido exculpado Norbert C.

En cambio, el mismo veredicto sí consideró acreditado que Silvia Ruth C. acudió al domicilio de la fallecida unas semanas antes de que fuera asesinada para amenazarla de muerte, a fin de que dejara la relación con su marido.

"Existieron varias llamadas telefónicas de Silvia a Sandra en esas fechas, movida por igual ánimo de conminarla a terminar la relación sentimental con su marido o acabaría con su vida, llegando incluso, en una ocasión, a seguirla con el coche y golpearla para que se saliera de la vía", recoge el fallo.

La sentencia de la Audiencia de Alicante puede ser recurrida ahora ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

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